III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-4849)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "FV Rocinante", de 106,547 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Puertollano (Ciudad Real) y se declara, en concreto, la utilidad pública de la línea a 220 kV.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 29465

• Parque de 33 kV:
• Instalación: en intemperie, y en interior con celdas blindadas con tecnología de
aislamiento del interruptor GIS (SF6).







1 x Posición de Transformador.
1 x Posición de Medida.
6 x Posición de Línea desde «PSF Rocinante».
1 x Posición de Reserva.
1 x Posición de reserva para Banco de Condensadores.
1x Posición de línea para Transformador SSAA.

– La línea eléctrica subterránea a 220 kV tiene como origen la subestación
elevadora 220/33kV, hasta la subestación colectora «La Solana 30/220 kV». Las
características principales de la referida línea son:







Sistema: corriente alterna trifásica.
Número de circuitos: uno.
Tensión: 220 kV.
Términos municipales afectados: Puertollano, en la provincia de Ciudad Real.
Longitud: 2.212 m.
Características:

○ Canalización enterrada bajo tubo.
○ Tipo de conductor: Aluminio, semirrígido clase 2 según UNE-EN 60228.
○ Aislamiento: Polietileno Reticulado, XLPE.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte cuenta con autorización administrativa de construcción otorgada mediante
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Transición
Energética, sobre modificación de la instalación solar fotovoltaica denominada La
Solana 1, infraestructuras auxiliares y de evacuación, referencia: 2703/01116 (publicado
en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 231, de fecha 1 de diciembre
de 2022).
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza con la
relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por
el promotor y publicada el 9 de diciembre de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Ciudad Real» y el 14 de diciembre de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado», a los
efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Durante la tramitación del expediente el promotor ha puesto de manifiesto que ha
convenido acuerdos mutuos con propietarios de terrenos afectados.
En el momento de la presente declaración de utilidad pública, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 151 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, los acuerdos

cve: BOE-A-2024-4849
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.