III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2024-4851)
Orden CLT/226/2024, de 1 de marzo, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre el lote n.º 551, subastado por la sala Templum Fine Art Auctions.
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Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
4851

Orden CLT/226/2024, de 1 de marzo, por la que se ejercita el derecho de
tanteo sobre el lote n.º 551, subastado por la sala Templum Fine Art Auctions.

A propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, formulada
el día 29 de febrero de 2024, en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 40 y 41.2 del Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, dispongo:
Primero.
Que se ejercite el derecho de tanteo para el Departament de Cultura de la
Generalitat de Catalunya, con cargo a sus presupuestos, sobre el bien mueble que fue
incluido en el catálogo de la subasta pública celebrada en la sala Templum Fine Art
Auctions, el día 28 de febrero de 2024, con el número de lote y referencia siguiente:
Lote 551.
× 25 × 25 cm.

«Fust de Ripoll». Columna románica catalana. Siglo XII. Piedra. 110

Segundo.
Para el abono a la sala subastadora del precio de remate de diez mil euros (10.000 €),
más los gastos inherentes, así como para la custodia del bien subastado, el representante
de la entidad de derecho público afectada habrá de acordar directamente con los
subastadores las medidas que estime convenientes.

cve: BOE-A-2024-4851
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 1 de marzo de 2024.–El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CLT/12/2024, de 12
de enero), el Secretario de Estado de Cultura, Jordi Martí Grau.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X