III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-4859)
Decreto 15/2024, de 20 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural la "Iglesia Parroquial de San Juan Bautista" de la localidad de Berzocana (Cáceres), con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 29557

especialmente visto desde el entorno que se estructura a su alrededor y la envuelve
(lugar en el que se emplaza y calles adyacentes).
Analizando este entorno y las principales perspectivas visuales desde el mismo hacia
el monumento, y con el objeto de prevenir toda afección en la contemplación y lectura
del bien, se ha optado por incluir los siguientes elementos urbanos que se citan a
continuación:
● Los espacios públicos sobre los que se alza el Monumento. Estos espacios
públicos son los que están en contacto directo con el bien y, por consiguiente,
constituyen su ambiente urbano desde el que se hace posible la contemplación y
visualización del monumento.
● Las parcelas que limitan directamente con los mismos espacios públicos del bien y
que constituyen su entorno visual y ambiental inmediato.
Dentro del entorno de protección propuesto, se considera que cualquier intervención
que se realice en estos espacios, edificios y otros elementos, puede suponer una alteración
de las condiciones de percepción del bien o del carácter patrimonial del ámbito urbano en
que se ubica, por lo que es necesario controlar, en relación con los espacios citados y el
propio monumento, la afección de las posibles actuaciones en estos edificios o sus
fachadas. De acuerdo con esos criterios se justifica la inclusión en el entorno de protección
de la iglesia de San Juan de la localidad de Berzocana, de las siguientes calles: calle
Carretas, calle Cervantes, calle Olivares, calle santa Florentina, y calle san Fulgencio.
De cara a la contemplación y conservación de los valores patrimoniales del
monumento, se considera, por tanto, necesario, que la delimitación de entorno afecte, de
forma total o parcial según el plano adjunto, a los inmuebles inmediatamente situados
alrededor del bien que aquí se refieren, identificados con sus direcciones y sus
referencias catastrales:
Referencias catastrales

Calle Carretas, 3, pl:00.

8385421TJ8688N0001IH

Calle Carretas, 7.

8385408TJ8688N0001FH

Calle Carretas, 9.

8385407TJ8688N0001TH

Calle Carretas, 11.

8385406TJ8688N0001LH

Calle Carretas, 13.

8385405TJ8688N0001PH

Calle Cervantes, 1, es:E, pl:00, pt:01.

8484702TJ8688S0002YW

Calle Cervantes, 28.

8484029TJ8688S0001TQ

Calle Cervantes, 14.

8385501TJ8688N0001QH

Calle Cervantes, 26.

8484028TJ8688S0001LQ

Calle Cervantes, 24.

8484027TJ8688S0001PQ

Calle Cervantes, 22, es:E, pl:00, pt:01.

8484026TJ8688S0002WW

Calle Cervantes, 32.

8484032TJ8688S0001TQ

Calle Cervantes, 38.

8484035TJ8688S0001OQ

Calle Cervantes, 40.

8484036TJ8688S0001KQ

Calle Cervantes, 42.

8484031TJ8688S0001LQ

Calle Cervantes, 52.

8484033TJ8688S0001FQ

Calle Olivares, 2.

8385412TJ8688N0001MH

Calle Olivares, 4.

8385413TJ8688N0001OH

Calle Santa Florentina, 1.

8384301TJ8688S0001AQ

cve: BOE-A-2024-4859
Verificable en https://www.boe.es

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