III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2024-4833)
Acuerdo de 28 de febrero de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, relativo a la modificación de las normas de reparto de asuntos entre las secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
4833

Acuerdo de 28 de febrero de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, relativo a la
modificación de las normas de reparto de asuntos entre las secciones de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
de 28 de febrero de 2024, acordó hacer público el acuerdo adoptado por la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en sesión de fecha 2 de febrero
de 2024, por el que se aprueba la propuesta de modificación de las normas de reparto
de asuntos entre las secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del referido
Tribunal, del siguiente tenor:
«Sección Primera:
Administración Laboral y de Seguridad Social.
Personal estatal y local.
Urbanismo y Medio Ambiente.
Contratos.
Resto de materias no asignadas a la Sección Segunda.
Sección Segunda:
Administración tributaria y fiscal.
Personal autonómico.
Expropiación Forzosa.
Tráfico.
Aguas, Minas y Montes.
Universidad.
Normas comunes.

Madrid, 28 de febrero de 2024.–El Presidente del Consejo General del Poder
Judicial, P.S., el Vocal, Vicente Guilarte Gutiérrez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-4833
Verificable en https://www.boe.es

Los asuntos tramitados por el procedimiento de derechos fundamentales, vía
de hecho o inactividad, se repartirán a la Sección que conozca de la materia de la
que versen.
Los asuntos en materia de extranjería serán repartidos a las dos Secciones en
número proporcional a los Magistrados de cada Sección.
Los recursos electorales serán repartidos, entre una y otra Sección, por
riguroso orden de presentación.
Los asuntos actualmente en trámite en cada una de las secciones continuarán
sustanciándose ante ellas, hasta su archivo.
Las presentes normas entrarán en vigor el día 1 de abril de 2024, sin perjuicio
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".»