III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-4753)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se publica la segunda Adenda de prórroga del Convenio con la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar y el Ayuntamiento de Tarifa, para la financiación de inversiones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

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para el año 2022, por importe de 645.506,00 euros para la financiación de determinadas
inversiones a realizar en el municipio de Tarifa para renovación de la infraestructura de
abastecimiento, saneamiento y depuración del agua, servicios que gestiona la
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar en virtud de lo dispuesto en el
artículo 20 de sus estatutos.
II. Que en la cláusula segunda del convenio se establecía la vigencia del mismo
hasta el 30 de noviembre de 2023 y que, según la cláusula décima del mismo,
transcurrido dicho plazo se produciría la extinción del convenio salvo que se hubiese
acordado la prórroga del mismo.
III. Que la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, con fecha 21 de
julio de 2023, solicitó la prórroga del referido convenio, dado que, pese a que las obras a
desarrollar por el municipio fueron adjudicadas en tiempo y forma, la situación actual del
sector de la obra pública y el retraso en algunas autorizaciones administrativas, ha
provocado que algunas de estas obras estén sufriendo una serie de retrasos que
imposibilitan el cumplimiento de su plazo de ejecución.
La prórroga fue formalizada mediante Adenda al Convenio de fecha 26 de
septiembre de 2023, otorgando una vigencia al mismo hasta el 31 de marzo de 2024.
IV. La Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, con fecha 14 de
febrero de 2024 ha solicitado una nueva prórroga del mencionado convenio basada en la
situación actual del sector de la obra pública, y la demora en algunas autorizaciones
administrativas, lo que ha provocado que algunas de las obras incluidas en el objeto del
convenio estén sufriendo nuevos retrasos que imposibilitan el cumplimiento de su plazo
de ejecución. Adjuntan los informes técnicos justificativos de dichas circunstancias.
La prórroga solicitada, hasta 30 de junio de 2024, no excede de la mitad del plazo
establecido inicialmente en el convenio para la presentación de la justificación.
V. Por las razones antedichas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70
del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se considera necesario acordar la
prórroga del plazo previsto de vigencia del convenio hasta el 31 de marzo de 2024.
Por todo cuanto antecede, las partes intervinientes resuelven suscribir la presente
adenda de prórroga del convenio, con arreglo a la siguiente:
Cláusula adicional.

Segunda prórroga.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga de la vigencia del convenio que, tras la
firma de la adenda suscrita al convenio de fecha 26 de septiembre de 2023, finalizaba el
día 31 de marzo de 2024, hasta el día 30 de junio de 2024.

cve: BOE-A-2024-4753
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento.–El Alcalde de
Tarifa, José Antonio Santos Perea.–El Secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón
Catalán.–La Presidenta de la Mancomunidad de Municipios del Campo de
Gibraltar, Susana Pérez Custodio.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X