III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-4746)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de La Laguna, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28705

II. La cláusula undécima del citado convenio establece que las partes firmantes
podrán modificar los términos del presente convenio en cualquier momento, de mutuo
acuerdo, mediante la firma de una adenda al mismo.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente
competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula sexta del convenio.
Segunda. Modificación de la cláusula sexta del Convenio entre la Universidad de La
Laguna y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.
La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo:
«La Universidad de La Laguna y la Intervención General de la Administración del
Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este
documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna
de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima
segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo
único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
se acuerda que la obligación de alta y cotización en la Seguridad Social corresponde a la
Universidad de La Laguna y no a la IGAE.»
Tercera.

Eficacia.

La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de La Laguna
y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Cuarta. Condiciones de colaboración.

De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que
son titulares los firmantes, suscriben la presente adenda de modificación al convenio
anteriormente indicado.–Por la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE), el Interventor General de la Administración del Estado (P. D. apartado
Séptimo.2.a) 3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), Pablo Arellano
Pardo.–Por la Universidad de La Laguna, la Vicerrectora de Estudiantes (por Resolución
de 12 de mayo de 2023), María Rosario Hernández Borges.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-4746
Verificable en https://www.boe.es

Mantener el ámbito y alcance de la colaboración en los mismos términos y
condiciones excepto lo dispuesto en la cláusula sexta que se modifican mediante la
presente adenda.