V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE-B-2024-8298)
Resolución de la Delegación de Economía y Hacienda de Lugo por la que se acuerda la enajenación en subasta pública de fincas patrimoniales en la provincia de Lugo mediante el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado con pujas al alza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 12271

Lote 59 - Expediente 202402700051. Parcela 402 del polígono 3, paraje
Carracedo, de la zona de concentración parcelaria de Meilán, municipio de
Riotorto. Referencia catastral 27054E003004020000RP. Inscrita en el Registro de
la Propiedad de Mondoñedo, Tomo 857, Libro 60 de Riotorto, Folio 190, finca
11195, inscripción 1ª. Linderos: al Norte, con la parcela 401; al Sur, con la parcela
403; al Este, con camino; al Oeste, con límite de zona. Figura en el Inventario
General de Bienes y Derechos del Estado con el número 2010-724-27-027-0000032. Superficie 22.000 m2. Esta parcela fue objeto de una expropiación para la
construcción del parque eólico A Pastoriza: Expropiación del pleno dominio de 100
m2 para la construcción de la zapata de un aerogenerador. Constitución de una
servidumbre de paso para gavia de 294 m2. Esa es una servidumbre de paso de la
línea eléctrica soterrada; la anchura de la gavia es de 5 m; supone la obligación de
permitir la instalación del tendido eléctrico soterrado necesario para el parque
eólico, así como la de permitir el acceso y la ocupación de los predios para hacer
posible la vigilancia, control y mantenimiento de las instalaciones. Constitución de
una servidumbre de vuelo de 5.942 m2 que afecta a la superficie comprendida
dentro del diámetro (136 m) del aerogenerador; supone la prohibición para el titular
del predio gravado de realizar plantaciones o construcciones en el área señalada.
Otras afecciones: Superficie de protección eólica que afecta a 12.647 m2, éste es
un terreno protegido para permitir la libre circulación del viento en las proximidades
del aerogenerador. Se podrán realizar actividades agrícolas o ganaderas pero no
actividades forestales, siempre y cuando el arbolado supere una altura equivalente
al 20% de la altura de la turbina. Se prohíbe cualquier otra actividad que impida la
circulación del viento en la zona afectada, ni situar obstáculos de altura superior al
20% de la altura de la turbina.
Las condiciones urbanísticas son las que se derivan del planeamiento
urbanístico a verificar por los interesados en el ayuntamiento. Declarada alienable
por la Dirección General del Patrimonio del Estado el 22 de febrero de 2024.
Tipo de licitación y garantía:
Primera subasta: 4.632,00 €; garantía: 231,60 €
Segunda subasta: 3.937,20 €; garantía: 196,86 €
Tercera subasta: 3.346,62 €; garantía: 167,33 €
Cuarta subasta: 2.844,63 €; garantía: 142,23 €
MUNICIPIO DE TABOADA (Z.C.P. SANTA MARÍA DO CASTELO)
Lote 60 - Expediente 202202700141.Parcela 184 del polígono 2, paraje Santa
Marta, de la zona de concentración parcelaria de Santa Mª do Castelo, municipio
de Taboada. Referencia catastral 27060B501001840000PU. Inscrita en el Registro
de la Propiedad de Chantada, Tomo 790, Libro 121 de Taboada, Folio 37, finca
17226, inscripción 1ª. Linderos: al Norte, con río do Toldao; al Sur, con camino; al
Este, con la parcela 185; al Oeste, con las parcelas 183,186 y camino. Figura en el
Inventario General de Bienes y Derechos del Estado con el número 2010-724-27027-0000-014. Superficie 14.770 m2 según título, en Catastro consta con una
superficie de 13.391 m2.
Las condiciones urbanísticas son las que se derivan del planeamiento
urbanístico a verificar por los interesados en el ayuntamiento. Declarada alienable
por la Dirección General del Patrimonio del Estado el 18 de enero de 2023.
Tipo de licitación y garantía:

cve: BOE-B-2024-8298
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 61