III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-4648)
Resolución de 4 de marzo de 2024, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, para apoyar el desarrollo del programa ordinario anual de actividades del Consorcio, en cumplimiento de sus fines generales de promoción de la cultura iberoamericana en España, como miembro de su alto patronato, durante el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28224

Madrid (28001) y, en su nombre y representación, don Óscar Dávila Penen, en su
condición de Director Gerente de esta entidad, en uso de la facultad que tiene conferida
en virtud de la delegación de sustituto interino hasta la posesión efectiva de un nuevo
Director General, hecha por el Consejo Rector en su reunión del día 13 de febrero
de 2024
BBVA y Casa de América se denominarán en lo sucesivo las «Partes» e
individualmente cada una de ellas, una «Parte».
EXPONEN
I. Que, el Consorcio Casa de América es una Entidad de derecho público de
carácter interadministrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar,
y dotada de un patrimonio propio. El Consorcio está integrado por el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de Madrid. A tenor de lo dispuesto en sus Estatutos Sociales, es una
entidad que tiene como gran objetivo fomentar el mejor conocimiento y las relaciones
interculturales entre España y los países del continente americano, en particular con
Latinoamérica y el Caribe. La Casa de América se configura como una institución para el
desarrollo de actividades que fomenten el debate, la reflexión y la investigación sobre
temas culturales, artísticos, sociales, institucionales y económicos.
II. Que, Casa de América, para la realización de su programación anual de
actividades cuenta con el apoyo y la colaboración, de empresas e instituciones tanto
públicas como privadas. Dichas empresas conforman el Alto Patronato, órgano del
Consorcio presidido por Su Majestad el Rey.
III. Que BBVA es una entidad miembro del Alto Patronato de Casa de América
desde el año 1992 y viene manteniendo un marco de colaboración con el Consorcio que
se ha concretado en la suscripción de forma periódica de convenios para apoyar
económicamente el programa anual de actividades del Consorcio.
IV. Que BBVA, en su condición de entidad miembro del Alto Patronato del
Consorcio, desea apoyar la realización de las actividades que realiza el Consorcio en
cumplimiento de sus fines fundacionales.
V. Que el Consorcio es una entidad acogida a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre,
de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al
Mecenazgo («Ley 49/2002»).
VI. Que ambas partes se reconocen mutua capacidad para suscribir el presente
convenio y para trabajar de manera conjunta en el desarrollo de las iniciativas
contempladas en sus respectivos fines y objetivos de carácter socioculturales. Dentro de
su respectivo marco de actuación, consideran beneficiosa la cooperación en proyectos
que impliquen la elaboración y ejecución de actividades culturales, la difusión y el
intercambio cultural entre Iberoamérica y España, haciendo visible la aportación de la
Comunidad Iberoamericana en nuestra sociedad, como vía esencial para promover su
integración a todos los niveles.
VII. Que, conforme a lo anterior y al amparo de lo establecido en el artículo 25 de la
Ley 49/2002, ambas Partes suscriben el presente convenio (el «Convenio») para trabajar
de manera conjunta en el desarrollo de las iniciativas contempladas en sus respectivos
fines y objetivos de carácter socioculturales. Dentro de su respectivo marco de
actuación, consideran beneficiosa la cooperación en proyectos que impliquen la
elaboración y ejecución de actividades culturales, la difusión y el intercambio cultural
entre Iberoamérica y España, haciendo visible la aportación de la Comunidad
Iberoamericana en nuestra sociedad, como vía esencial para promover su integración a
todos los niveles.

cve: BOE-A-2024-4648
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Núm. 61