III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-4666)
Resolución de 29 de febrero de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Instituto de Estadística de Cataluña, para la realización de una ampliación de la Encuesta de Condiciones de Vida en Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024

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coincidiendo con la publicación de los datos correspondientes a la publicación de la ECV
de 2023. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de su publicación facultativa en el
«Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya». En cualquier momento antes de finalizar
su vigencia el convenio se podrá prorrogar expresamente por un periodo de hasta cuatro
años adicionales. Transcurridos estos plazos, en caso de que se estime conveniente
continuar con la colaboración, deberá suscribirse un nuevo convenio.
Por tanto, su vigencia finaliza el 29 de febrero de 2024.
Tercero.
Que el convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por
ello es interés de ambas dar continuidad al desarrollo del mismo.
Cuarto.
Que el Gobierno de la Generalitat de Catalunya ha autorizado la subscripción de la
prórroga del convenio por el Acuerdo del Gobierno de fecha 27 de febrero de 2024.
Por todo lo anteriormente expuesto el INE y el IDESCAT
ACUERDAN
Primero.
Establecer la prórroga del Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el
Instituto de Estadística de Cataluña para la realización de una ampliación de la Encuesta
de Condiciones de Vida en Cataluña, por un periodo de cuatro años.
Segundo.
Dejar inalteradas el resto de cláusulas del convenio.
Tercero.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman la presente adenda, de forma electrónica y a un solo efecto
tomándose como fecha de firma la del último firmante, es decir el 28 de febrero
de 2024.–El Director General de Planificación Estadística y Procesos, por delegación de
la Presidenta del Organismo, Resolución de 24 de octubre de 2022 de la Presidencia del
INE (BOE de 28 de octubre), Carlos Javier Ballano Fernández.–El Director del Instituto
de Estadística de Cataluña, Xavier Cuadras Morató.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-4666
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de prórroga del
convenio surtirá efectos desde el día 1 de marzo 2024, previa inscripción de la misma en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la
misma ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización sin perjuicio de su publicación en el
«Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya».