III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-4652)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas y trabajo fin de grado/máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28257

Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con
otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
II. Que la propia Universidad o la entidad colaboradora, dentro de los campos de
actividad que le son propios, desea participar en la formación del estudiantado
universitario con objeto de contribuir a su formación integral, facilitar el conocimiento de
la metodología de trabajo para un mejor desempeño de su trabajo profesional, favorecer
el desarrollo de competencias en este ámbito, así como su emprendimiento y su
empleabilidad.
III. Lo anteriormente expuesto se desarrolla, con carácter general, por lo
establecido en el marco en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se
establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de
aseguramiento de su calidad, el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que
se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, el Decreto 21/2003 de 16 de octubre,
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se aprueban los
Estatutos de la UAM, el Decreto 94/2009, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno
de la Comunidad de Madrid por el que se modifican los Estatutos de la UAM; en lo que
se refiera al programa de prácticas externas, específicamente por lo establecido en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y en las Directrices de Prácticas Externas de la
UAM, de 16 de julio de 2020; en relación con los TFG/TFM, por lo establecido en las
Directrices del Trabajo Fin de Grado, de 23 de marzo de 2012, y la Normativa de
Enseñanzas Oficiales de Posgrado de la UAM, de 10 de julio de 2008, del Consejo de
Gobierno de la Universidad Autónoma de Madrid, y particularmente por lo dispuesto en
la memoria del título y guía docente que corresponda.
Ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la Universidad realizarán un programa de prácticas externas, así como el Trabajo Fin de
Grado/Máster (en adelante TFG/TFM) de cualquier enseñanza impartida por la
Universidad, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de cada
modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo en la entidad
colaboradora.
Segunda.
A.

Condiciones generales del convenio.

Oferta de la entidad colaboradora.

La entidad colaboradora podrá ofrecer plazas de prácticas externas, TFG/TFM con la
periodicidad o cuantía que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza.
Modalidades de prácticas académicas externas.

Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares.
a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate.
b) Las prácticas extracurriculares son aquellas que el estudiantado podrá realizar
con carácter voluntario durante el periodo de formación y que, aun teniendo los mismos
fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de

cve: BOE-A-2024-4652
Verificable en https://www.boe.es

B.