III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4655)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental al "Proyecto de balsa de regulación en Alto Almanzora para Aguas del Almanzora, SA (Almería)", comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Fase II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024

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sostenibilidad en regadíos, que queden comprendidos en el artículo 66 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre. En este protocolo se establecen un conjunto articulado
de documentos, que garantizan la plena sujeción a los principios de precaución y acción
cautelar, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de
decisiones. El cumplimiento del mismo, por tanto, constituye una forma alternativa de
evaluación tal y como establece el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en su reunión del día 27 de febrero de 2024, el Consejo de Ministros
acuerda:
Solicitud exclusión de evaluación de impacto ambiental.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano sustantivo y de
conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, solicita la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del
«Proyecto de balsa de regulación en Alto Almanzora para Aguas del Almanzora, SA
(Almería)».
El trasvase «Negratín-Almanzora» suministra agua por gravedad desde el envase del
Negratín, en la cuenca del Guadalquivir, hasta el embalse de Cuevas de Almanzora, en
la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, mediante una
conducción en la que existen ocho balsas de regulación, dispuestas a diferentes cotas a
lo largo del recorrido de la misma.
Cuando se producen cortes en el trasvase «Negratín-Almanzora» se suministra por
gravedad el agua almacenada en las balsas de regulación, pero cuando esta no es
suficiente, se extrae agua mediante bombeo en continuo, con suministro eléctrico
convencional, desde el embalse de cola del sistema, el embalse de Cuevas de
Almanzora, a la cota 115 (mínimo nivel), hacia aguas arriba, con el consiguiente gasto
energético.
El proyecto consiste en la modernización de la infraestructura de riego, mejorando su
eficiencia energética, mediante la construcción de una balsa de regulación de agua,
procedente del Trasvase Negratín-Almanzora, con una capacidad de 0,96 hm3, junto a la
balsa n.º 2 situada en la cota 989 m, en El Hijate, municipio de Alcóntar (Almería), de
manera que se garantice el agua de riego y abastecimiento durante 2-3 meses, en los
períodos de corte del trasvase. Se producirá así un ahorro de energía, al poder
almacenar el agua en la cota 989 m frente a la cota 130 m, como se viene realizando
hasta ahora, y se evitará realizar el bombeo desde esta cota más baja situada en el
embalse de Cuevas de Almanzora.
Con la construcción de la balsa el consumo anual pasará de los
actuales 7.761.340,00 kWh al año a los 6.608.069,86 kWh. Al mismo tiempo se espera
un ahorro en el combustible que actualmente se usa en algunos bombeos. En conjunto
se dejarán de emitir a la atmósfera 1.092.438 kg CO2eq/año.
Además, ante los escenarios de cambio climático de reducción de la disponibilidad
hídrica y aumento de frecuencia de los episodios de sequía, el proyecto contribuirá a
garantizar la disponibilidad de agua. Adicionalmente, la balsa constituirá una
infraestructura de defensa contra incendios forestales, al convertirse en un punto de
toma de agua para los helicópteros de extinción en caso de emergencia. De esta manera
aumentará la protección de personas, bienes y patrimonio natural de la zona,
especialmente de la Sierra de Baza y la Sierra de los Filabres, ante la situación de
aumento del riesgo de incendios forestales, y de su frecuencia y virulencia,
contribuyendo así al 100 % a alcanzar el objetivo medioambiental de adaptación al
cambio climático.

cve: BOE-A-2024-4655
Verificable en https://www.boe.es

Primero.