III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-4608)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y el Ayuntamiento de Santander, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28150

alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y plazos de
ejecución.
Segunda. Modificación del convenio.
a) El contenido del segundo párrafo del apartado 3 (Resumen del proyecto) del
anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo
siguiente:
«Por ello, el proyecto piloto propone facilitar diferentes procesos donde los
perceptores o solicitantes del ingreso mínimo vital, de la renta social básica o las
personas en riesgo de exclusión social que cumplan el perfil y los requisitos
exigidos, puedan ser informados y formados.»
b) El contenido del último párrafo del apartado 3 (Resumen del proyecto) del anexo
I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado mediante los
siguientes tres párrafos:
«La población objetivo del proyecto son los perceptores o solicitantes del
ingreso mínimo vital, de la renta social básica, o las personas en riesgo de
exclusión social que cumplan el perfil y los requisitos exigidos, todos ellos
residentes en el municipio de Santander.
Las personas en situación de exclusión social que se han considerado cuentan
con bajos recursos económicos o están carentes de ellos, y pueden incluso ser
personas solicitantes recientes de las prestaciones citadas, o bien aquellas con
derecho a las prestaciones pero que por diferentes circunstancias no han iniciado
la tramitación, o a las que se les ha suspendido por no cumplir algún requisito.
Se ha tenido en cuenta para su selección aspectos relativos a factores que
influyen o determinan situaciones de exclusión social, a saber: Escasos o nulos
ingresos (ingresos inferiores a las cuantías mínimas de RSB e IMV), vivienda
inadecuada o infravivienda, desempleo de larga duración, escasa o nula formación
(formación obligatoria o inferior), problemática de salud cronificada o agravada por
los factores sociales.»
c) El contenido de los párrafos segundo, quinto y séptimo del apartado 5
(Descripción de los tratamientos) del anexo I «Descripción del proyecto objeto de la
subvención», quedan redactados del modo siguiente:
«Autoestima: Talleres de formación personal dirigidos a la mejora de la
autoestima de una duración aproximada de 20 horas en grupos de 17 personas.»
«Formación Profesional: Cursos de formación profesional en grupos de 17
personas, divididos en tres perfiles profesionales: ayudante de cocina (80 horas),
camarero/a de sala (80 horas) y auxiliar de limpieza civil (50 horas). La carga
horaria será de 5 horas diarias no superando ninguno de estos procesos las 4
semanas de formación.»
«Prácticas en empresa dirigidas a todos los que finalicen la formación laboral,
con una duración aproximada de 20 horas distribuidas de lunes a domingo en función
de los horarios de apertura de la empresa. Estas prácticas pretenden mejorar el
conocimiento adquirido en la formación profesional, potenciando la confianza y
posibilitando el contacto con la realidad laboral del municipio. Becas de formación,
para personas participantes que participan en procesos formativos. El objeto de las
becas es garantizar la permanencia en las actividades de los participantes.»
d) El contenido del apartado 7 (Descripción de la muestra) del anexo I «Descripción
del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:
«Se trabaja con personas titulares o solicitantes del IMV o de la renta básica
de Cantabria, así como con personas en riesgo de exclusión social, valoradas y

cve: BOE-A-2024-4608
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