V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. (BOE-B-2024-8131)
Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2023 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convocan las Becas de Internacionalización Empresarial 49ª Promoción
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Viernes 8 de marzo de 2024

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA

8131

Extracto de la Resolución de 6 de marzo de 2023 de ICEX España
Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convocan las Becas de
Internacionalización Empresarial 49ª Promoción

BDNS(Identif.):747528
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
747528)
Primero. Beneficiarios.
Podrán acceder a la condición de beneficiario o beneficiaria de las becas
convocadas por esta resolución, las personas físicas que, además de no incurrir en
las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones,
reúnan los siguientes requisitos con anterioridad a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
1. Nacionalidad. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados
miembros de la Unión Europea.
2. Edad. Haber nacido a partir de 1 de enero de 1996.
3. Titulación. Estar en posesión de una titulación universitaria superior de grado
que permita el acceso a los estudios oficiales de Máster Universitario de acuerdo
con lo establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se
establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de
aseguramiento de su calidad:

. De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema
universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas
educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin
necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la
universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país
donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de
postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la
homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su
reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
No obstante lo señalado en el primer párrafo de este punto, la titulación se
puede obtener y acreditar hasta la finalización del procedimiento de selección y
con anterioridad a la resolución definitiva de concesión.

cve: BOE-B-2024-8131
Verificable en https://www.boe.es

. La posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español
o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso
disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título
español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de
educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los
estudios de Máster.