III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4481)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque eólico Cerevil de 67,1 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación en la provincia de Burgos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
4481

Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Parque eólico Cerevil de 67,1 MW de
potencia instalada y su infraestructura de evacuación en la provincia de
Burgos».

Con fecha 29 de diciembre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General,
solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del
proyecto «Parque Eólico Cerevil de 67,1 MW de potencia instalada y de su
infraestructura de evacuación, ubicado en los términos municipales de Valle de las
Navas, Villayerno Morquillas, Merindad de Río Ubierna y Burgos, en la provincia de
Burgos», promovido por Green Capital Power SLU, al amparo del artículo 6 del Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania.
Del análisis de la documentación, se constata que el proyecto reúne los requisitos
para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de
medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de
Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad.
El proyecto consiste en un Parque Eólico (PE), denominado «Cerevil» y sus
infraestructuras de evacuación asociadas. El parque consta de 11 aerogeneradores
de 6,1 MW de potencia unitaria, 67,1 MW de potencia nominal total. El diámetro del rotor
es de 158 m, y la altura del buje es variable; las posiciones CEV-01, CEV-02, CEV-03,
CEV-04, CEV-05, CEV-06 y CEV-08 tienen una altura de buje de 101 m, y los
aerogeneradores CEV-07, CEV-09, CEV-10 y CEV-11, de 96 m.
Las infraestructuras de evacuación consisten en una subestación eléctrica (SET)
«SET PE Cerevil 30/220 kV», que ocupará una superficie de 2.767 m2; línea soterrada
de alta tensión (LSAT) 220 kV, con una longitud de 12.123 m. en circuito simple desde la
«SET PE Cerevil 30/220 kV» hasta la subestación eléctrica «SET Colectora
Villimar 30/220 kV» y la «SET Colectora Villimar 30/220 kV, sobre una superficie
de 4.846 m2. Desde esta SET, se realizará la evacuación de la energía hasta la «SET
Villimar 220 kV», de Red Eléctrica de España (REE) mediante una línea de alta tensión
existente. Las dos últimas infraestructuras no forman parte del proyecto sometido al
presente procedimiento.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6. 3. b) del
Real Decreto-ley, son los siguientes:
1.

Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de
protección y hábitats de interés comunitario

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con Espacios Naturales
Protegidos recogidos en la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de
Castilla y León. El más próximo, a 19 km al norte del proyecto, es el «Parque Natural
Hoces del Alto Ebro y Rudrón».

cve: BOE-A-2024-4481
Verificable en https://www.boe.es

Antecedentes de hecho