III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4478)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Repotenciación para el aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica de doble circuito L/400 kV Aragón-Ascó, en las provincias de Tarragona y Teruel".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de marzo de 2024

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dispositivos anticolisión en el vano anterior y posterior a cada apoyo a recrecer, dentro
de las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas
eléctricas de alta tensión (Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto). Por tanto, en los
vanos 6-8, 9-11, 16-22, 28-31, 35-37, 49-51, 98-105, 106-108, 109-111, 112-114,
116-120, 121-123, 126-131, 136-138, 139-141, 145-149, 150-152, 153-155, 156-158,
159-163 y 172-174, se instalarán balizas salvapájaros en los cables de tierra, con una
separación variable y con configuración al tresbolillo, de manera que se genere un efecto
visual con una separación de 5 o 10 m.
El INAGA señala que las unidades reproductoras de águila-azor perdicera, cernícalo
primilla y alimoche, no se verán afectadas por el proyecto por encontrarse a suficiente
distancia. No obstante, indica que se mantiene un riesgo elevado de colisión de estas
especies con la línea, tanto adultos como juveniles, y que las modificaciones en la altura
de los vanos con los recrecidos supondrán un incremento de dicho riesgo. Por ello, cree
conveniente la señalización de todo el trazado eléctrico, intensificando la cadencia visual
entre balizas en el tramo coincidente con la ZEPA «Matarraña Aiguabarreix», y en las
proximidades de la colonia de nidificación de alimoche. En cualquier caso, el titular de la
línea mantendrá las instalaciones, materiales aislantes y los dispositivos salvapájaros en
perfecto estado durante toda la fase de funcionamiento de la instalación, debiendo
proceder a su renovación cuando carezcan de las características para la prevención de
la electrocución de las aves y de las que garanticen la completa seguridad de la misma.
El promotor responde que no se tiene constancia de que, en los apoyos a recrecer,
se hayan encontrado registros de colisión en más de 30 años de operación. No
considera que aumente el riesgo de probabilidad de colisión y reitera que se señalizarán
los vanos a modificar, siguiendo las obligaciones de cumplimiento de los requisitos
establecidos en el Real Decreto 1432/2008 y el Decreto 178/2006, de 10 de octubre.
Concluye que la modificación de la probabilidad de colisión actual es positiva con la
instalación de la señalización. Finalmente, indica que se señalizará el tramo de línea en
la ZEPA «Matarraña Aiguabarreix», como informa el INAGA, y se compromete a
mantener los dispositivos en perfecto estado.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña informa que el ámbito del proyecto cuenta con zonas apropiadas para especies de
avifauna esteparia y rapaces, destacando la cogujada montesina (Galerida theklae), la
collalba negra (Oenanthe leucura), el alcaudón real (Lanius senator), el águila culebrera
(Circaetus gallicus) y el águila azor-perdicera (Aquila fasciata). Respecto a esta última,
señala que, aunque los apoyos 10,17, 19, 21, 36 y 50 a recrecer se encuentran dentro de su
espacio vital, no se espera impacto alguno, dado que la línea ya existe y se plantea la
medida de instalación de salvapájaros. No obstante, en dichos apoyos las obras deberán
realizarse íntegramente entre el 1 de julio y el 31 de diciembre, fuera de la época de cría
más sensible, y las campas y accesos deberán estar libres de material, maquinaria, etc.,
para evitar molestias de cualquier tipo a las parejas reproductoras presentes, así como
también al resto de fauna. Finalmente, valora positivamente la instalación de nuevos
salvapájaros previstos. El promotor muestra su acuerdo con lo indicado en el informe.
Efectos sobre espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000.
El documento ambiental incluye un apartado específico sobre Red Natura 2000,
conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley de evaluación ambiental, que
analiza las afecciones a los distintos espacios existentes en el ámbito de estudio y,
especialmente, a los elementos considerados clave en los planes de gestión de cada
uno de ellos. Indica que se podrían producir afecciones directas en el ámbito de los
siguientes espacios:
– ZEPA «Matarraña-Aiguabarreix», dentro se ubican seis apoyos a recrecer (66, 68,
71, 74, 76 y 79) y sus accesos, de los que solo un tramo del que va al apoyo 71 es
nuevo. El espacio alberga, entre otras, colonias de ardeidas y buenas poblaciones de
rapaces rupícolas, destacando una densidad relevante de águila perdicera, la mayor de

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Núm. 59