III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-4484)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de febrero de 2024, por el que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa de construcción para la línea subterránea/submarina en corriente continua a 400 kV Gatika-Frontera Francesa, así como para la estación conversora alterna/continua de Gatika y la línea de alimentación subterránea a 400 kV, excepto en lo que afecta a la modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica en corriente alterna a 400 kV Gatica-Azpeitia, que forman parte del proyecto de interconexión eléctrica España-Francia por el Golfo de Bizkaia y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de marzo de 2024

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Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa, la Subdirección General de
Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras de la Dirección General del Agua del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Subdirección General
de Planificación Hidrológica de la Dirección General del Agua del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Subsecretaría de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana, la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes del Gobierno
Vasco, la Autoridad Portuaria de Pasaia, la Dirección General de la Marina Mercante del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Servicio de Instalaciones
Radiactivas del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio
Ambiente del Gobierno Vasco, el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, la
Subdelegación de Defensa y Bilbao del Ministerio de Defensa y Medio Ambiente y Obras
Hidráulicas de la Diputación Foral de Gipuzkoa, no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
los artículos 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la solicitud de Red Eléctrica fue sometida a información pública,
publicándose el correspondiente Anuncio del Área de Industria y Energía en el «Boletín
Oficial del Estado» número 179, de 27 de julio de 2022, «Boletín Oficial de Bizkaia»
número 122, de 27 de junio de 2022. También se publicó en los diarios Deia y El Correo,
y fue expuesto al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Mungia,
Lemoiz, Gatika y Maruri-Jatabe. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron
contestadas por Red Eléctrica.
Cumplidos los preceptivos trámites de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, con fecha 29
de marzo de 2023, la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Bizkaia emitió informe.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA) fueron sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo
sido formulada declaración de impacto ambiental favorable, mediante Resolución de 14
de diciembre de 2022 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la
que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las
que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 309 de 26 de
diciembre de 2022.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, son de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el estudio de
impacto ambiental (en adelante, EsIA), las aceptadas tras la información pública y
consultas y las propuestas en su información adicional, en tanto no contradigan lo
dispuesto en la DIA.
Por otro lado, la DIA establece que, cada una de las medidas establecidas en el
estudio de impacto ambiental y en la DIA, deberán estar definidas y presupuestadas por
el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a la aprobación de la
instalación. Red Eléctrica ha presentado, con fecha 18 de julio de 2023, el documento
titulado «Adenda al proyecto Interconexión Eléctrica España-Francia por el Golfo de
Bizkaia», que recoge el presupuesto de las medidas establecidas en el EsIA y en la DIA.
Red Eléctrica suscribió las correspondientes declaraciones responsables, de manera
que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece
en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

cve: BOE-A-2024-4484
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Núm. 59