III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-4410)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Málaga, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

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la competencia exclusiva del Estado sobre el servicio meteorológico nacional, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1.20.a de la Constitución.
Asimismo, AEMET ostenta la condición de Autoridad Meteorológica del Estado y
según el artículo 8 del citado Estatuto tiene entre sus funciones el ejercicio de
actividades en materia de formación, documentación y comunicación en materia
meteorológica y climatológica u otras propias de la Agencia, para satisfacer las
necesidades y exigencias nacionales e internacionales en dichas materias. Entre sus
fines se encuentra la dirección, desarrollo y coordinación de las actividades
meteorológicas de cualquier naturaleza en el ámbito nacional, considerando de interés
institucional, proyectar sus conocimientos y capacidades en las materias que le son
propias a la formación universitaria, a través de una colaboración permanente.
II. Que la Universidad de Málaga es una universidad pública entre cuyos objetivos
está la prestación del servicio público de la educación superior en régimen de
autonomía, mediante la investigación, la docencia, el estudio, la transferencia del
conocimiento a la sociedad y la extensión universitaria.
III. Que ambos coinciden en declarar el alto interés que la formación práctica de los
estudiantes universitarios tiene tanto para la Universidad responsable de la calidad de su
docencia, como para la sociedad en general, finalmente beneficiaria de la mejor
preparación profesional de los titulados universitarios.
IV. Que la normativa aplicable al presente convenio –sin perjuicio de otras–
comprende la siguiente:
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en adelante
LRJSP (BOE núm. 236, de fecha 2 de octubre de 2015).
– Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
– Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad.
– Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario.
– Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
– Reglamento 4/2020, de 29 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre
Prácticas Externas.
V. Que en virtud de lo anterior, las entidades firmantes han decidido suscribir el
presente convenio para implementar su colaboración en la realización de la formación
práctica del alumnado, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre
AEMET y la Universidad de Málaga, para el desarrollo de un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares en AEMET para los estudiantes
matriculados en cualquier enseñanza impartida por la mencionada Universidad, en los
términos recogidos en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Segunda.

Condiciones generales del convenio.

A. Oferta de AEMET.
AEMET podrá ofrecer plazas de prácticas para estudiantes de la Universidad de
Málaga con la periodicidad que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza.

cve: BOE-A-2024-4410
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.