II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-4384)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

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superado el proceso selectivo, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los
ejercicios, la puntuación de la fase de concurso y la suma total.
7.3 La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al
Rector, especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
7.4 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de personal aprobado que contravenga lo establecido será nula de
pleno derecho.
No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del RDL 5/2025,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado público, en el caso de que los órganos de selección hayan propuesto el
nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin
de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias, no se presente
la documentación exigida o de su examen se deduzca que carece de los requisitos
exigidos en la convocatoria de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento
o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección
relación complementaria de los aspirantes que sigan inmediatamente a los propuestos,
para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
8.

Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a aquél en que
se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los
opositores aprobados deberán presentar en la Oficina de Asistencia en Materia de
Registro de esta Universidad los siguientes documentos:

8.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados personal
funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución
rectoral que se publicará en el «Boletín Oficial de Cantabria».
8.4 La toma de posesión de las personas aspirantes que hubiesen superado el
proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de la publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el «Boletín Oficial
de Cantabria».
8.5 Una vez concluido el proceso selectivo se podrá confeccionar una lista para su
posible nombramiento como funcionarios interinos ordenada conforme al acuerdo de la
Gerencia y los representantes de las secciones sindicales firmado con fecha 3 de marzo
de 2006.

cve: BOE-A-2024-4384
Verificable en https://www.boe.es

a) Original y fotocopia del título exigido en la base 2.1.4 o certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo que figura en el anexo IV a esta convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar
declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que
figura como anexo V a esta convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
o psíquico que imposibiliten para el servicio.