III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4404)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental al "Proyecto de obras para la mejora de la eficiencia hídrica y energética en los riegos de apoyo de la Comunidad de Regantes La Fuente (Valencia)", comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Fase II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

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de 2023 aprobó el Acuerdo por el que se establece un protocolo de actuación, para su
aplicación a los proyectos incluidos en el Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, que queden comprendidos en el artículo 66 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre. En este protocolo se establecen un conjunto articulado
de documentos, que garantizan la plena sujeción a los principios de precaución y acción
cautelar, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de
decisiones. El cumplimiento del mismo, por tanto, constituye una forma alternativa de
evaluación tal y como establece el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en su reunión del día 20 de febrero de 2024, el Consejo de
Ministros acuerda:
Primero.

Solicitud exclusión de evaluación de impacto ambiental.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano sustantivo y de
conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, solicita la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del
proyecto «Obras para la mejora de la eficiencia hídrica y energética en los riegos de
apoyo de la Comunidad de Regantes La Fuente (Valencia)».
El proyecto consiste en la modernización de las infraestructuras de riego actuales,
mejorando la eficiencia hídrica y energética, sobre una superficie de 1.572,88 ha, en su
mayoría de viña, de la Comunidad de Regantes La Fuente, distribuidas en los TTMM de
Caudete de las Fuentes, Fuenterrobles, Requena y Venta del Moro, en la comarca de
Utiel-Requena, de la provincia de Valencia. Las infraestructuras a ejecutar comprenden
la captación de agua subterránea, mediante cuatro sondeos (uno ya ejecutado);
alimentación energética de los sondeos mediante una instalación solar fotovoltaica, con
apoyo de energía eléctrica convencional; dos depósitos y una balsa, como elementos de
regulación y almacenamiento del sistema, con una capacidad total de almacenamiento
de 100.000 m³; una red principal de conducciones que comunicará los elementos de
almacenamiento y regulación con los cabezales de riego comunitarios; una red
secundaria de conducciones entre cabezales de riego e hidrantes multiusuario en los
que se agrupan las parcelas que componen cada uno de los sectores de riego y, por
último, una red terciaria que parte de los hidrantes y llega hasta cada una de las parcelas
de riego.
Actualmente los bombeos individuales alimentados por gasóleo generan unas
emisiones a la atmósfera de 1.436.472,4 kg CO2eq/año. La generación de energía
renovable fotovoltaica permitirá la reducción del consumo de energía eléctrica
convencional y, por tanto, el de emisiones que se reducirán hasta los 52.731 kg
CO2eq/año, lo que supone un ahorro neto de 1.383.741,4 kg CO2eq/año, contribuyendo
así al objetivo medioambiental de mitigación del cambio climático.

El órgano sustantivo ha aportado la documentación que se indica a continuación,
para acreditar el cumplimiento del protocolo aprobado en el Acuerdo del Consejo de
Ministros del 11 de julio de 2023:
a) Informe del órgano sustantivo acreditativo del cumplimiento de cada uno de los
requisitos establecidos en el artículo 66 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre. Anexo I.
b) Informe del órgano sustantivo sobre los efectos perjudiciales de la aplicación de
la evaluación de impacto ambiental para la finalidad del proyecto, con base en la
Comunicación de la Comisión Documento orientativo relativo a la aplicación de las
exenciones contempladas en la Directiva sobre la evaluación de impacto ambiental

cve: BOE-A-2024-4404
Verificable en https://www.boe.es

Segundo. Cumplimiento del protocolo aprobado en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 11 de julio de 2023.