III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-4326)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Alcalá de Gurrea, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
4326

Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y el Ayuntamiento de Alcalá de Gurrea, para el cumplimiento
de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.

Habiéndose suscrito el 22 de febrero de 2024 el Convenio entre el Ministerio del
Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y el
ayuntamiento de Alcalá de Gurrea para el cumplimiento de las penas de trabajos en
beneficio de la comunidad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 29 de febrero de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General
de Instituciones Penitenciarias, y el Ayuntamiento de Alcalá de Gurrea
para el cumplimiento de penas de trabajo en beneficio de la comunidad
Madrid, a 22 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de
junio, actuando por delegación de competencias del Secretario de Estado de Seguridad,
según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.3 de la Orden INT/985/2005,
de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las
delegaciones efectuadas por otras autoridades, en relación con el artículo 62.2.g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a
los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.
Y de otra parte, don José Eugenio Marín Atarés, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Alcalá de Gurrea (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de
fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en calla San
Bartolomé, 11, 22282 de Alcalá de Gurrea (Huesca).

EXPONEN
Primero.
Que la Constitución Española establece en sus artículos 10 y 14 el derecho a la
dignidad de la persona, los derechos fundamentales de conformidad con la Declaración
Universal de Derechos Humanos y la igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer

cve: BOE-A-2024-4326
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Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,