III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-4329)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la tercera Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Pedrafita do Cebreiro, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de "Rehabilitación del sistema de saneamiento del núcleo de O Cebreiro en el término municipal de Pedrafita do Cebreiro (Lugo)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 5 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 26668

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 27 de julio de 2022 se otorgó el convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Pedrafita do Cebreiro sobre la
financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de «Rehabilitación del
sistema de saneamiento del núcleo de O Cebreiro en el término municipal de Pedrafita
do Cebreiro (Lugo). PdM Miño-Sil ES010_3_ALCH0SCET29SP2536» con un importe
previsto de 669.955,00 euros y una previsión de ejecución en las anualidades 2023,
2024 y 2025.
II. Que en fecha 21 de septiembre de 2022 (BOE núm. 238, de 4 de octubre) se
otorgó una adenda por la que se modificaban las anualidades del convenio a 2022, 2023
y 2024 con un importe por anualidad de 37.556,78 euros, 577.898,22 euros y 54.500
euros respectivamente.
III. Que en fecha 13 de enero de 2023 (BOE núm. 19, de 23 de enero), se otorgó
una segunda adenda por la que se introducía la posibilidad de que por acuerdo de la
Comisión de Seguimiento se pudieran reajustar las anualidades siempre que esto no
suponga un incremento económico global ni del plazo del convenio; también se
reajustaban en esta adenda las anualidades establecidas.
IV. Que conforme a la nueva facultad asumida por la Comisión de seguimiento, por
acuerdo adoptado en fecha 21 de noviembre de 2023 se aprobó un nuevo reajuste de
anualidades.
V. Que según lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda del
convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del
correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
VI. Que debido a la realización de un modificado en el proyecto inicial, en aplicación
de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y
presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, se debe
realizar una modificación del mismo para incrementar su importe y reajustar en
consecuencia, las anualidades.
VII. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los
compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de esta adenda es incrementar el importe del convenio modificando así la
cláusula cuarta y reajustar las anualidades establecidas en el Anexo del convenio entre la
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Pedrafita do Cebreiro
sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de «Rehabilitación del
sistema de saneamiento del núcleo de O Cebreiro en el término municipal de Pedrafita do
Cebreiro (Lugo). PdM Miño-Sil ES010_3_ALCH0SCET29SP2536.

cve: BOE-A-2024-4329
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Núm. 57