III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2024-4330)
Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan los galardones «Ciudades Amigas de los Animales» para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024
c. Premio «Mejor
Responsable 2024»:

Programa

de

Integración,

Concienciación

Sec. III. Pág. 26673
y

Tenencia

i. Coexistencia en sus proyectos de bienestar animal de criterios de coherencia,
consistencia, transparencia y retroalimentación: 10 puntos.
ii. Estado de sus equipamientos: 10 puntos.
iii. Participación de otras instituciones: 10 puntos.
iv. Dedicación de recursos especializados en bienestar animal y tenencia responsable:
10 puntos.
v. Existencia de programas de formación e información para los trabajadores
municipales en bienestar y tenencia responsable: 10 puntos.
Sexta. Entrega de los Galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2024».
1. Con el objeto de garantizar la máxima difusión posible de la resolución de
concesión de la distinción «Ciudad Amiga de los Animales 2024» y los premios «Mejor
Programa Municipal de Gestión Ética de Colonias Felinas 2024» y «Mejor Programa de
Integración, Concienciación y Tenencia Responsable 2024», se procederá a dar
publicidad de su concesión en la página web del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030.
2. La entrega de los galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2024» se
realizará en un acto público único, convocado al efecto, organizado por el Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Séptima.

Régimen jurídico de la convocatoria.

La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la
Orden DSA/1044/2021, de 23 de septiembre, por la que se crean y regulan los
galardones «Ciudades Amigas de los Animales».
En todos aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con
carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de la Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza,
pudiera resultar de aplicación.
Octava. Efectos.
La presente resolución producirá efectos al día siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Impugnación.

Contra la resolución definitiva de concesión de galardones, que pondrá fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos
meses desde la notificación de la resolución, de conformidad con lo establecido en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Asimismo, y con carácter previo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición
conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Décima.

Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 122

cve: BOE-A-2024-4330
Verificable en https://www.boe.es

Novena.