III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Asociaciones de utilidad pública. (BOE-A-2024-4324)
Orden INT/199/2024, de 21 de febrero, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 26641

Segundo.
Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en
el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, a las que se refiere el
expediente instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo
podrán obtener la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno
expediente:
Denominación

N.º Reg. Nal.

Federación Española de Asociaciones de Ayuda al Déficit de Atención e Hiperactividad.

2296

Tercero.
Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de
las Comunidades Autónomas:
Denominación

CC.AA.

N.º Reg. CC.AA.

ACOVIFA – Asociación por la Igualdad y contra la Violencia de Género, Familiar, Acoso Escolar
Comunidad Valenciana.
y Acoso Laboral.

49356

Asociación de Mujeres Santiago el Mayor.

Andalucía.

8671

Asociación Quera.

Comunidad Valenciana.

6167

Asociación Adamuceña de Personas con Discapacidad.

Andalucía.

5522

Asociación de Esclerosis Múltiple Valdemoro (ADEMV).

Madrid.

21017

Cuarto.
Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en
los Registros de las Comunidades Autónomas, a las que se refiere el expediente
instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo podrán obtener
la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:
Denominación

Federació de Societats Musicals de la Comunitat Valenciana / Federación de Sociedades
Musicales de la Comunidad Valenciana – FSMCV.

CC.AA.

N.º Reg. CC.AA.

Comunidad Valenciana.

3

Madrid, 21 de febrero de 2024.–El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005,
de 7 de Abril), el Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-4324
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Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes o directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar, en ambos casos, a partir del día
siguiente a su notificación, según establecen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.