II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Ceses. (BOE-A-2024-4292)
Decreto de 14 de febrero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se dispone el cese de don Pedro Javier Jiménez Lafuente como Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO FISCAL
4292

Decreto de 14 de febrero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que
se dispone el cese de don Pedro Javier Jiménez Lafuente como Fiscal Jefe
de la Fiscalía Provincial de Granada.

En fecha 9 de febrero de 2024 ha tenido entrada en la Inspección Fiscal de la
Fiscalía General del Estado, vía correo electrónico, oficio de igual fecha remitido por el
Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada, don Pedro Javier Jiménez
Lafuente, por el que comunica su renuncia al cargo en el desempeño de dicha jefatura
por motivos personales. La recepción del escrito determinó la incoación del presente
Expediente Gubernativo.
Hechos
Primero.
Don Pedro Javier Jiménez Lafuente fue nombrado Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Granada mediante Real Decreto 814/2022, de 4 de octubre. renovando el
cargo que ya ostentaba.
Segundo.
En el escrito de renuncia presentado comunica su opción de quedar adscrito a la
Fiscalía Provincial de Granada, para el supuesto de aceptarse esta.
Fundamentos de Derecho
Primero.
El articulo 58 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo establece que los Fiscales Jefes podrán renunciar al
cargo, «renuncia que deberá ser aceptada por la persona titular de la Fiscalía General
del Estado. Una vez aceptada dicha renuncia, el Gobierno, mediante real decreto,
procederá a cesarle en el cargo, quedando adscritos en la forma establecida en el
artículo 65».

El artículo 59 del Reglamento establece «El cese en los supuestos de relevación,
remoción y renuncia se producirá al día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial
del Estado” del real decreto por el que se acuerde la relevación, remoción, o se deje sin
efecto el nombramiento, aceptada la renuncia».
Tercero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prevé que los Fiscales Jefes pertenecientes
a la segunda categoría en caso de renuncia aceptada por el Fiscal General de Estado,
quedará adscritos, a su elección y hasta la obtención de un destino definitivo, a la

cve: BOE-A-2024-4292
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Segundo.