III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Mercancías peligrosas. Cursos. (BOE-A-2024-4266)
Resolución de 9 de febrero de 2024, del Organismo Público Puertos del Estado, por la que se otorga la prórroga de la homologación a la Asociación de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona, para impartir cursos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Lunes 4 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 26269

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
4266

Resolución de 9 de febrero de 2024, del Organismo Público Puertos del
Estado, por la que se otorga la prórroga de la homologación a la Asociación
de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona, para impartir cursos.

La Asociación de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona ha solicitado la
prórroga de la homologación para impartir cursos de Manipulación de Mercancías
Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación para la
Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las Organizaciones
Portuarias. Analizada la documentación aportada, y de conformidad con lo dispuesto en
la Orden de 30 de mayo de 1990, por la que se establecen las condiciones de los cursos
de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas en los puertos de interés
general (BOE número 134, de 5 de junio de 1990),
Esta Presidencia, a la vista del informe emitido por la Dirección de Explotación,
resuelve:
Primero.
Otorgar la prórroga de homologación a la Asociación de Empresas Estibadoras
Portuarias de Barcelona para impartir cursos de Manipulación de Mercancías Peligrosas
para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación para la Manipulación de
Mercancías Peligrosas para los Componentes de las Organizaciones Portuarias.
Segundo.
Esta homologación tendrá una validez de tres años desde el momento de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser prorrogada siempre que se
solicite por la entidad homologada con una antelación mínima de tres meses a la fecha
de expiración y continúe reuniendo los requisitos exigidos por la normativa reguladora.

La Asociación de Empresas Estibadoras Portuarias de Barcelona informará al
Organismo Público Puertos del Estado, mediante correo electrónico a la dirección de
email auditoria@puertos.es, y en un plazo no inferior a un mes previo a la celebración de
cada curso, de los siguientes contenidos: fechas de inicio y finalización del curso a
impartir, responsable del curso, número de alumnos, identidad y número de identificación
personal (DNI, NIE o número de pasaporte) de cada uno de los alumnos, lugar donde se
va a impartir el curso, características del equipamiento material que se va a utilizar,
distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo, relación de
los formadores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del currículum
profesional, cualificación y experiencia de aquéllos que no hayan participado en cursos
anteriores o que no consten en el expediente de homologación. En el caso de que no se
disponga en ese momento de la lista de nombres de los alumnos, esta se remitirá por
correo electrónico a Puertos del Estado tan pronto como sea posible y siempre con
anterioridad al comienzo del curso.
Asimismo, cualquier cambio en los datos suministrados será comunicado
inmediatamente por el mismo medio a Puertos del Estado, en cuanto se tenga
conocimiento de éste.

cve: BOE-A-2024-4266
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.