II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2024-4169)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en la Dirección General de la Policía.
563 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Lunes 4 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 25538

que resida el familiar. Deberá acreditarse fehacientemente que el puesto o puestos que
se solicitan permiten una mejor atención del familiar.
Se aplicará el siguiente baremo:
– Primer grado de consanguineidad o afinidad: 4 puntos.
– Segundo grado de consanguineidad o afinidad: 2 puntos.
Se otorgará una valoración adicional de 1 punto, cuando el familiar objeto de cuidado
ostente un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 %.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos e hijas.
II. Méritos específicos adecuados a las características del puesto.
Se valorarán, con hasta un máximo de 20 puntos, los méritos específicos para cada
puesto de la convocatoria alcanzados como funcionario de carrera independientemente
del grupo o subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que se haya adquirido
dicho mérito.
En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, estudios,
experiencia necesaria, titulación, en su caso, y demás condiciones que garanticen la
adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, adquiridos al servicio de cualquier
Administración Pública.
A estos efectos, se valorarán como méritos específicos los conocimientos y/o
experiencia adquiridos en el desarrollo de tareas o funciones propias de uno o varios
puestos de trabajo únicamente cuando se hayan estado realizando durante seis meses o
más. Se otorgará la puntuación máxima del mérito, cuando el participante acredite haber
desempeñado las funciones correspondientes durante un periodo de tiempo superior
a doce meses. Cuando se hubiesen desempeñado entre seis y doce meses, se otorgará
la mitad de la puntuación máxima del mérito.
En relación con los puestos ubicados en Comunidades Autónomas con lengua
cooficial se valorará además el conocimiento de dicha lengua, siempre que tal
conocimiento figure acreditado en el anexo III aportado por el interesado y se requiera en
el puesto que solicita. La puntuación otorgada se graduará en función del nivel de
conocimiento acreditado de la correspondiente lengua oficial.
Acreditación de los méritos.

La certificación de los méritos de los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a dos o
más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse a los
requisitos y méritos correspondientes al Cuerpo o Escala desde el que participa.
Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores,
se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los
concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de
valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las
personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el
artículo 56 de esta ley orgánica.
De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se
responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante,
cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la
copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.
Acreditación de los méritos generales y de la lengua cooficial.
Los méritos generales y el conocimiento de las lenguas cooficiales se acreditarán en
el certificado de méritos anexo III, que recogerá aquellos méritos, requisitos y datos

cve: BOE-A-2024-4169
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.