II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2024-4170)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, promoción interna y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 26113

En el recuadro 17, «Forma de acceso», figurará la letra «L» para los aspirantes por el
sistema general de acceso libre, la letra «P» para los que participen por el sistema de
promoción interna y la letra «CRJ» para los que participen para el cambio de régimen
jurídico.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», figurará «Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».
En el recuadro 19, figurará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya
sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20 «Provincia de examen», las personas aspirantes indicarán una
entre las provincias ofrecidas, en su caso, si bien la o las provincias de examen
definitivas serán determinadas con posterioridad en función del número de personas
aspirantes.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad
podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar,
expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán
adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del
grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes
que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de
selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la
Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará el título que posee
en virtud de lo señalado en la base 4. Se ha de indicar, además, añadiendo otro título, la
titulación exacta que posee.
En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes de la modalidad de acceso libre podrán
consignar la provincia en que desean figurar en la relación de candidatos de funcionarios
interinos de la base 11. Cuando el aspirante no cumplimente o no opte por una provincia,
se tomará la que corresponda al domicilio de residencia que figure en la solicitud.
En el recuadro 27, «Datos B», los aspirantes de promoción interna, en su caso,
consignarán el derecho a conservar, conforme a la anterior convocatoria, la puntuación
de la primera parte del ejercicio único indicando «Conservar ejercicio». Este derecho
quedará condicionado en todo caso a que el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, para el
sistema general de acceso libre de 15,57 euros y para las familias numerosas de
categoría general de 7,79 euros. Para el sistema de promoción interna el importe de la
tasa por derechos de examen será, con carácter general de 7,79 euros y para las
familias numerosas de categoría general de 3,91 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa
conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carecieran de rentas superiores,
en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional durante el año fiscal de 2022.

cve: BOE-A-2024-4170
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Núm. 56