III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Premios. (BOE-A-2024-4256)
Orden HAC/195/2024, de 28 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los premios 150 Aniversario de la Intervención General de la Administración del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Lunes 4 de marzo de 2024

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descritas, notificándoselo al interesado de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 8.

Instrucción, jurado y criterios de valoración.

1. El órgano instructor verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
documentación aportada y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias
para la comprobación de los datos aportados por los solicitantes.
2. La evaluación de las obras y los trabajos presentados se llevará a cabo por el
jurado que se constituya en la convocatoria.
3. El jurado estará presidido por la persona titular de la Subdirección General de
Estudios y Coordinación de la Intervención General, que tendrá voto de calidad y actuará
como secretario la persona titular de la Intervención Delegada en el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, que formará parte del mismo con voz, pero sin voto.
4. El jurado de cada una de las modalidades estará formado por:
– Investigación:
Don José Alberto Pérez Pérez, ex Interventor General de la Administración del
Estado.
Doña M.ª Isabel López López, Interventora Territorial de León.
Don Carlos Cruzado Catalán, Presidente del sindicato Gestha.
– Narrativa:
Don Rafael Muñoz López –Carmona, ex Interventor General de la Administración del
Estado.
Doña M.ª Teresa Villaizan Montoya, Interventora Regional de Castilla y León.
Don Luis Asensio Carnicero, representante sindical de UGT.
– Fotografía:

5. El jurado, tras el estudio y comparación de las obras o trabajos presentados
emitirá un informe concretando el resultado de la evaluación efectuada, de acuerdo con
los criterios de valoración que se indican a continuación, pudiendo declararse desiertos
premios cuando se estime que las obras o los trabajos presentados no reúnen las
condiciones exigidas en la convocatoria o no se ajustan al objeto y a la finalidad de los
premios convocados.
6. En lo no previsto en estas bases reguladoras, la composición y el funcionamiento
de los jurados se regirá por lo dispuesto, para los órganos colegiados, en el título
preliminar, capítulo II, sección 3.ª, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y será atendido con los medios personales, materiales y
técnicos disponibles en la Intervención General de la Administración del Estado, sin que
ello pueda suponer incremento de los gastos de personal por ningún concepto.
7. Los miembros de los jurados quedarán sujetos al régimen de abstención y de
recusación previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
8. Para el otorgamiento de los premios el jurado tendrá en cuenta los siguientes
criterios de valoración los cuales serán ponderados según la puntuación máxima que a
cada uno se asigna:
Premio de investigación:
a) Rigor científico, metodología y profundidad con la que se ha desarrollado el
trabajo: De 0 a 25 puntos.

cve: BOE-A-2024-4256
Verificable en https://www.boe.es

Doña Alicia Díaz Zurro, ex Interventora General de la Administración del Estado.
Don Felipe Peregrín Muñoz, Interventor Regional de Andalucía.
Don Rafael Monzú Merchán, representante sindical de CSIF.