II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Cuerpo de Ingenieros Navales. (BOE-A-2024-4091)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Navales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 25233

– Una puntuación de 10 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos
en el anexo IV no supondrán la superación de la prueba.
En el caso de certificados incluidos en el anexo IV, que certifican un nivel específico
o que pueden certificar varios niveles, pero que no incluyen una puntuación global, sino
dos o más puntuaciones separadas por destrezas, el tribunal tendrá en cuenta el nivel
inferior obtenido para la determinación de la calificación y, en su caso, la superación o no
de la prueba. En caso de que los certificados incluidos en el anexo IV especifiquen una
puntuación global, el tribunal tendrá en cuenta esta puntuación, independientemente de
que fijen las puntuaciones por destrezas.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo.
El aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal
efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de
ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentará dicha documentación o de la
documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación
acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso
selectivo.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por los aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los
certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el
tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellos
aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del
conocimiento de inglés mediante titulación.
Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo oral de tres temas, durante un tiempo
máximo de 30 minutos y en sesión pública, de entre seis que se elegirán por sorteo, de
las materias que figuran entre los temas 1 al 111 del anexo II de esta convocatoria. Cada
aspirante extraerá dos temas correspondientes a los numerados del 1 al 16 (ambos
inclusive), y cuatro del 17 al 111 (ambos inclusive). Seguidamente elegirá un tema de
entre los dos correspondientes a la primera extracción, y dos de entre los cuatro
correspondientes a la segunda.
Los aspirantes dispondrán de 10 minutos para la preparación de esta parte sin que
puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes, pudiendo durante la exposición
consultar el guion elaborado.
A continuación, el tribunal dispondrá de un plazo máximo de 15 minutos para
formular preguntas relacionadas con los temas expuestos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, siendo necesario obtener
un mínimo de 15 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente. En este ejercicio se
valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la
capacidad de expresión oral. Asimismo, se tendrá en cuenta la distribución del tiempo
que dura el ejercicio entre los temas expuestos.
No podrán superar el ejercicio aquellos aspirantes que obtuvieran una valoración
de 0 puntos en alguno de los temas.
Cuarto ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico
propuestos por el Tribunal sobre las materias técnicas comprendidas entre los temas 17
a 111, ambos inclusive, del programa que figura en el anexo II de esta convocatoria.
Para esta prueba los aspirantes podrán disponer de la documentación y material de
trabajo que el Tribunal establezca con carácter previo a la realización del ejercicio.
La resolución del supuesto será depositada en sobres. El tribunal procederá a la
apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su calificación.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será fijado por el tribunal y no
excederá de cuatro horas.

cve: BOE-A-2024-4091
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Núm. 55