II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Cuerpo de Ingenieros Navales. (BOE-A-2024-4091)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Navales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Sábado 2 de marzo de 2024
6.

Sec. II.B. Pág. 25229

Tribunal

6.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a
esta convocatoria.
6.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
6.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y en las demás disposiciones vigentes.
6.4 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre (BOE del 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión
de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas
oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado
en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de
condiciones que el resto de participantes.
6.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.6 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. Con el fin de
respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que
deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la
realización de los ejercicios correspondientes, los criterios de superación de los mismos
que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran expresamente establecidos en
las bases de esta convocatoria.
Concluida la fase de oposición se procederá a la publicación de los textos del
segundo ejercicio y los supuestos prácticos de que conste el cuarto ejercicio. El
cuestionario del que consta el primer ejercicio junto con la plantilla de respuestas se
publicará tras la celebración de dicho ejercicio con los plazos y efectos que se indican en
la descripción del proceso selectivo del anexo I.
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para todos o algunos de los ejercicios. Previamente a la celebración del ejercicio se
anunciará su incorporación y se publicará su nombre y apellidos.
6.7 El tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. Aquellas comunicaciones
relacionadas con el desarrollo de las fases de oposición y concurso se remitirán al correo
electrónico: navales.seleccion@transportes.gob.es.
6.8 El tribunal publicará un breve currículum profesional de sus integrantes en la
página web de este departamento.
Desarrollo del proceso selectivo

7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos
cuyo apellido comience por la letra W de conformidad con lo previsto en la Resolución
de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se
publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración del Estado.
7.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del
procedimiento, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no
cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante, o en su caso, pondrán en conocimiento de la misma
el que pudiera concurrir esta circunstancia para que, previas las comprobaciones
necesarias, se resuelva al respecto.

cve: BOE-A-2024-4091
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