II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil. (BOE-A-2024-4092)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil.
29 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 25262

Sección 4.ª Subsección 5.ª Trabajo en el mar. Real Decreto 525/2002, de 14 de junio,
sobre el control de cumplimiento del Acuerdo comunitario relativo a la ordenación del
tiempo de trabajo de la gente de mar.
26. Convenio sobre el trabajo en el sector pesquero (Convenio n.º 188), 2007. Real
Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las condiciones
de trabajo en el sector pesquero.
27. Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones
mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del
mar. Real Decreto 1696/2007, de 14 de diciembre, por el que se regulan los
reconocimientos médicos de embarque marítimo.
28. Real Decreto 963/2013, de 5 de diciembre, por el que se fijan las tripulaciones
mínimas de seguridad de los buques de pesca y auxiliares de pesca y se regula el
procedimiento para su asignación. Principios relativos a la dotación mínima de
seguridad, adoptados por la Resolución A.1047(27) de la OMI.
29. Registro de buques: Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre
abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo. Reglamento (CE)
n.º 789/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 sobre la
transferencia de buques de carga y de pasaje entre registros de Comunidad y por el que
se deroga el Reglamento (CEE) n.º 613/91 del Consejo. Real Decreto 2335/1980, de 10
de octubre, por el que se regula el uso de la Bandera de España y otras banderas y
enseñas a bordo de los buques nacionales. Reglamento de buques y embarcaciones
históricos y sus reproducciones singulares, aprobado por Real Decreto 784/2021, de 7
de septiembre.
30. Registro especial de buques y empresas navieras: Texto Refundido de la Ley
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Disposición adicional decimosexta. Registro
Especial de Buques y Empresas Navieras. Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación
del Régimen Económico y Fiscal de Canarias: Título VII: Registro Especial de Buques y
Empresas Navieras.
31. Convenio internacional sobre arqueo de buques, hecho en Londres el 23 de
junio de 1969. Resolución A.1117(30) de la OMI, adoptada el 6 de diciembre de 2017,
por el que se adopta el Sistema de asignación de un número de la OMI a los buques
para su identificación.
32. Convenio Internacional sobre líneas de carga (LL), 1966, modificado por el
Protocolo de 1988 relativo al Convenio LL.
33. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar
(SOLAS), 1974. Protocolo de 1988 relativo al Convenio SOLAS: Capítulo I.
Disposiciones Generales. Parte A. Ámbito de aplicación, definiciones, etc. parte B.
Reconocimientos y certificados. Parte C. Siniestros. Apéndice.
34. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar
(SOLAS), 1974. Capítulo II-1. Construcción-Estructura, compartimentado y estabilidad,
instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas: Parte A. Generalidades. Parte B.
Compartimentado y estabilidad.
35. Código internacional de estabilidad sin avería (Código IS 2008), adoptado por
Resolución MSC.267(85) de la OMI: Introducción. Criterios obligatorios. Parte A y
Parte B.
36. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar
(SOLAS), 1974. Capítulo II-1. Construcción-Estructura, compartimentado y estabilidad,
instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas: Parte C. Instalaciones de
máquinas. Parte D. Instalaciones eléctricas. Parte E. Prescripciones complementarias
relativas a espacios de máquinas sin dotación permanente. Parte F. Proyectos y
disposiciones alternativos y buques que utilicen combustibles de bajo punto de
inflamación. Parte G. Buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación.
37. Código internacional de seguridad para los buques que utilicen gases u otros
combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF), adoptado por Resolución

cve: BOE-A-2024-4092
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 55