III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-4133)
Resolución de 21 de febrero de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas académicas no retribuidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Sábado 2 de marzo de 2024
«Tercera.

Sec. III. Pág. 25363

Obligaciones de la Universidad de Alcalá.

...
4. Asumir la gestión económica y administrativa correspondiente a las
obligaciones de Seguridad Social respecto a los estudiantes que realicen sus
prácticas académicas en el INE.»
«Cuarta.

Obligaciones del Instituto Nacional de Estadística.

...
2. De acuerdo con el órgano responsable del Grado/Máster, nombrará a un
tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración
de su estancia, facilitando a la Universidad de Alcalá, al responsable de prácticas
del centro en donde esté matriculado el estudiante, el informe de aprovechamiento
de las prácticas a su finalización. El informe hará constar el tiempo de prácticas
realizado, horas totales y su contenido.
En caso de que haya alguna incidencia que afecte a los días reales o efectivos
de trabajo inicialmente acordados, el INE lo comunicará a la Universidad para que
pueda ser tenida en cuenta en el proceso de gestión de las obligaciones de
Seguridad Social.»
Segundo.
Dejar inalteradas el resto de cláusulas del convenio.
Tercero.
La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal manteniendo la vigencia del
convenio suscrito que modifica. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo
establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.

cve: BOE-A-2024-4133
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman la presente adenda, de forma electrónica y a un solo efecto
tomándose como fecha de firma la del último firmante, es decir el 20 de febrero
de 2024.–Por la Universidad de Alcalá, la Vicerrectora de Estudiantes Emprendimiento y
Empleabilidad, Eva Senra Díaz.–Por el Instituto Nacional de Estadística, el Director
General de Planificación Estadística y Procesos, por delegación de la Presidenta del
Organismo (Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Presidencia del INE, BOE de 28
de octubre), Carlos Javier Ballano Fernández.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X