III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-4070)
Resolución 25/2023, de 21 de noviembre, de la Dirección General de Cultura, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural con la categoría de monumento de ingeniería del aprovechamiento hidroeléctrico del salto de La Retorna y su entorno de protección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Viernes 1 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 25155

Estas disponen de un regulador de velocidad así como de una regulación de la carga
en base al nivel, quedando acopladas a los alternadores, que presentan las siguientes
características:





Sistema: Trifásico.
Conexión: Estrella.
Tensión: 5.200 V.
Potencia: 1.450 KVA.

En la cara oeste de la Central se dispone una estación transformadora de
distribución (ETD) tipo intemperie, la cual alberga un transformador de 5/66 KV
y 3.500 KVA que conecta a la línea eléctrica Anguiano-Mansilla.
Se dispone de seccionadores para cortar dicha línea de 66 KV en la dirección que
interese. Además de ello, la central está automatizada al arranque, a la parada y a la
resincronización. El agua, tras superar la central vuelve a ser vertida mediante desagüe
al río Najerilla, quedando justo aguas arriba de la presa de Anguiano, correspondiente a
otro aprovechamiento hidroeléctrico, el Salto de Anguiano.
1.4

Justificación excepcionalidad del bien.

La apertura del expediente de incoación de Bien de Interés Cultural para la
incorporación del Aprovechamiento Hidroeléctrico de la Retorna al catálogo de bienes
patrimoniales protegidos de la Comunidad Autónoma de La Rioja considera como parte
integrante de la misma los elementos citados a continuación, siendo garantes entre
todos ellos de la integridad del conjunto:






Presa de derivación sobre el río Najerilla.
Acueducto sobre el río Najerilla.
Acueducto sobre el barranco Brieva.
Puente de acceso a la central hidroeléctrica.
Central hidroeléctrica.

En primer lugar se trata de un salto hidroeléctrico con 76 años de antigüedad, que ha
estado a pleno funcionamiento durante todo este tiempo hasta el reciente fin de su
concesión, y lo que es más importante, sigue siendo rentable a día de hoy como
generador de una energía limpia. Es un claro ejemplo de los cambios acontecidos en
todo el país, y particularmente en La Rioja, con la entrada del siglo XX: el auge de la
demanda en la energía eléctrica ante una sociedad cada vez más industrializada y en
búsqueda de una fuente alternativa ante la escasez del carbón. El procedimiento de
generación de energía a partir del agua, conocida como hulla blanca, se extendió
enormemente y se convirtió durante muchos años en el dominante. Por ello fueron
muchos los aprovechamientos hidroeléctricos que se dispusieron en los ríos de toda la
península. El salto de La Retorna es una fiel muestra autóctona de aquel periodo.
En segundo lugar, el gran valor de las obras de ingeniería a las que la realización del
salto dio lugar, entre las cuales cabe destacar el acueducto sobre el río Najerilla y el
acueducto sobre el arroyo de Brieva, el cual puede considerarse un hermano pequeño
del anterior.

cve: BOE-A-2024-4070
Verificable en https://www.boe.es

Nota: pese a que el canal de derivación que transporta el agua desde la presa hasta
la central hidroeléctrica no está incluido entre los elementos a proteger mediante
declaración BIC, sí que ha sido conveniente mencionarlo y describirlo en el presente
informe en aras de otorgar una visión más completa del funcionamiento del
aprovechamiento hidroeléctrico.
Los fundamentos sobre los que se cimienta esta solicitud de incoación, adscrita a la
categoría de Bienes Inmuebles de acuerdo a la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de
Patrimonio Cultural, Histórico Artístico de La Rioja, son los siguientes: