III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-4068)
Acuerdo GOV/37/2024, de 13 de febrero, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la Iglesia Nueva de la Asunción, en El Pont de Suert (Alta Ribagorça), y se delimita su entorno de protección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Viernes 1 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
4068

Acuerdo GOV/37/2024, de 13 de febrero, por el que se declara bien cultural
de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la Iglesia Nueva
de la Asunción, en El Pont de Suert (Alta Ribagorça), y se delimita su entorno
de protección.

Por la Resolución CLT/1414/2023, de 24 de abril (DOGC núm. 8904, de 27.4.2023),
se incoó el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría
de monumento histórico, a favor de la Iglesia Nueva de la Asunción, en El Pont de Suert,
y de delimitación de su entorno de protección.
Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente
de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de
septiembre, del patrimonio cultural catalán.
En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio
Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans.
Durante la tramitación de este expediente no se han presentado alegaciones.
A propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno acuerda:
1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento
histórico, la Iglesia Nueva de la Asunción, en El Pont de Suert (Alta Ribagorça), según la
ubicación y la descripción que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.
2. Delimitar el entorno de protección de este monumento. Este entorno se grafica
en el plano que se publica con este Acuerdo y según la justificación que consta en el
anexo 2.
3. Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento y del entorno de
protección.
4. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en
el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y
notificarlo a las personas interesadas y al ayuntamiento del municipio donde radica el
bien.
Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalitat de Catalunya, en el plazo de
un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación
en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente
notificación.
Barcelona, 13 de febrero de 2024.–El Secretario del Gobierno, Xavier Bernadí Gil.

Ubicación y descripción
La Iglesia Nueva de la Asunción está ubicada en la avenida de Victoriano Muñoz
núm. 29, en el municipio de El Pont de Suert.
Se trata de una de las pocas obras ubicadas en Cataluña de Eduardo Torroja Miret,
ingeniero de caminos, canales y puertos, en colaboración con el arquitecto José
Rodríguez Mijares, edificada entre los años 1953 y 1955.

cve: BOE-A-2024-4068
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ANEXO 1