III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-3929)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Programa de Estudios Hispánicos en Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Jueves 29 de febrero de 2024

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prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y que, para su
conocimiento, se relacionarán al dorso del anexo de formalización de cada práctica.
La designación como tutor por parte de Programa de Estudios Hispánicos en
Córdoba para la realización de prácticas en desarrollo de este convenio no dará derecho
a ninguna retribución ni compensación económica por parte de la UIMP. La UIMP
reconocerá la labor realizada por los tutores de Programa de Estudios Hispánicos en
Córdoba, enviando a los tutores que lo soliciten un certificado de la universidad donde
consten la actividad realizada y período de realización.
Séptima.

Anexos para determinar cada práctica.

Para la incorporación de cualquier alumno a este convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas –Programa de Estudios Hispánicos en
Córdoba, alumno y UIMP–, materializado con la firma del correspondiente anexo de
formalización de la práctica, que se incorporará a este convenio, y en el que se refleje las
condiciones específicas de la práctica a seguir por el alumno, según modelo que se
incluye como anexo I.
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el tipo de práctica, el número de
créditos fijados en el plan de estudio (si se trata de curriculares), el proyecto formativo
(objetivos y actividades), las fechas de comienzo y finalización, los tutores, el horario,
lugar de desarrollo, el importe de la bolsa de estudios –si la hubiera– y en su caso otras
condiciones específicas de dicha práctica. En dicho documento se recogerá asimismo la
aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este convenio y se
detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente convenio, Programa de Estudios Hispánicos en Córdoba
comunicará por escrito a la UIMP cualquier incidencia o modificación en las fechas de
inicio o cese, horario u otras circunstancias que se produzca en cada práctica que se
realice en la empresa en relación con lo acordado en su anexo correspondiente.
Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.

Novena.

Informes, evaluación de las prácticas y reconocimiento.

A la finalización de cada una de las prácticas:
I. El tutor de Programa de Estudios Hispánicos en Córdoba realizará y enviará al
tutor académico de la UIMP y a la UIMP un informe final según modelo que se adjunta
como anexo II, en el que se recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y
se valorarán diversas capacidades y actitudes en relación con las competencias
genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo.

cve: BOE-A-2024-3929
Verificable en https://www.boe.es

Durante el periodo de prácticas cada alumno estará sujeto a las normas generales de
trabajo propias de Programa de Estudios Hispánicos en Córdoba, especialmente en lo
referido al cumplimiento del horario, régimen de permisos, identificación, normas de
seguridad y de prevención de riesgos laborales, etc., para lo que recibirá la adecuada
información. Asimismo, los alumnos mostrarán en todo momento una actitud respetuosa
hacia la política de Programa de Estudios Hispánicos en Córdoba.
Los estudiantes estarán obligados a guardar confidencialidad en relación con la
información interna de Programa de Estudios Hispánicos en Córdoba y guardar secreto
profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.0
Además de lo señalado en este convenio, los estudiantes en prácticas tendrán todos
los derechos y deberes que se recogen en el artículo 9 del citado Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, que, para su conocimiento, se resumen al
dorso del anexo de formalización de la práctica.