III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-3914)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Trigueros, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Jueves 29 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
3914

Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Trigueros, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 21 de febrero de 2024 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Trigueros para la incorporación de los
Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de
Violencia de Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 21 de febrero de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Secretaria de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento
de Trigueros para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema
de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género»
Madrid, a 21 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruíz Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020 de 17 de enero, al amparo de
lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Vidal Blanco Domínguez, Alcalde del Ayuntamiento de Trigueros
(en adelante, el Ayuntamiento), nombrado en el Pleno municipal de fecha 17 de junio
de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en calle Jara
número 1, de Trigueros (CP 21620).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.

cve: BOE-A-2024-3914
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