III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Vigilantes de seguridad. (BOE-A-2024-3916)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se publica la relación definitiva de las personas admitidas y excluidas a las pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Jueves 29 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
3916

Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de
Seguridad, por la que se publica la relación definitiva de las personas
admitidas y excluidas a las pruebas de selección para vigilante de seguridad
y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado.

En aplicación de la base 3.3 de la Resolución de la Secretaría de Estado de
Seguridad de fecha 17 de noviembre de 2023 (BOE núm. 295, de 11 de diciembre
de 2023), por la que se convocaron pruebas de selección para la convocatoria 01/2024,
para Vigilante de Seguridad y su especialidad de Vigilante de Explosivos y Escolta
Privado, se dispone lo siguiente:
Primero.

Lista definitiva de personas admitidas.

Aprobar y hacer pública la lista definitiva de personas admitidas a la convocatoria,
con indicación del número del Documento Nacional de Identidad o Número de
Identificación de Extranjeros, en la forma prevista en la disposición adicional séptima de
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como la ciudad sede de examen asignada para la
realización de las correspondientes pruebas.
Dicha lista podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es, http://
www.interior.gob.es y http//www.administracion.gob.es.
Segundo.

Lista definitiva de personas excluidas y causas de exclusión.

(A) Falta de firma digital en la instancia.
(B) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma
telemática.
(C) Falta de requisito de edad.
(D) Carecer de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión
Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; o
bien que no le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario
conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y
residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de
otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o no ser
nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional
en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los
nacionales de la otra.
Tercero. Lugar y fecha de realización de las pruebas.
En la lista de personas convocadas se hace constar la sede de examen asignada a
cada persona participante: Baleares, Córdoba, Granada, Madrid, Santa Cruz de Tenerife,
Santiago de Compostela, Tarragona, Valencia y Zaragoza.
En anexo II al presente acuerdo, se hace pública la convocatoria a pruebas con
indicación de los lugares de realización y el calendario detallado de las mismas, a tenor

cve: BOE-A-2024-3916
Verificable en https://www.boe.es

Aprobar y hacer pública en anexo I al presente acuerdo, y en los organismos y
dependencias a que se refiere el número punto anterior, la lista definitiva de personas
excluidas, con indicación, además, de la causa o causas de exclusión, las cuales se
determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias: