I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Cuentas generales. (BOE-A-2024-3877)
Ley Foral 1/2024, de 7 de febrero, de Cuentas Generales de Navarra de 2022.
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Núm. 53

Jueves 29 de febrero de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
3877

Ley Foral 1/2024, de 7 de febrero, de Cuentas Generales de Navarra de
2022.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de
Cuentas Generales de Navarra de 2022.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Reintegración
y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, corresponde a la Diputación la
elaboración de los Presupuestos Generales y la formalización de las Cuentas para su
presentación al Parlamento, a fin de que por éste sean debatidos, enmendados y, en su
caso, aprobados, todo ello conforme a lo que determinen las leyes forales.
El artículo 123 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de
Navarra, atribuye al Departamento de Economía y Hacienda la formulación de las
Cuentas Generales de Navarra, las cuales, una vez aprobadas por el Gobierno de
Navarra, deberán remitirse al Parlamento de Navarra mediante el correspondiente
Proyecto de Ley Foral, tal como se previene en el artículo 130 de la citada Ley Foral.
Cumplimentados por el Gobierno de Navarra los trámites indicados en relación con
las Cuentas Generales del ejercicio 2022, emitido por la Cámara de Comptos el
preceptivo dictamen y tramitado el proyecto de Ley Foral de Cuentas Generales de
Navarra de 2022 de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 178 del
Reglamento del Parlamento de Navarra, procede la aprobación de dicha Ley Foral.
Artículo único.
Se aprueban las Cuentas Generales de Navarra de 2022 formuladas por el
Departamento de Economía y Hacienda y aprobadas por el Gobierno de Navarra, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la
Hacienda Pública de Navarra, y cuyo contenido se publica en el Portal de Navarra.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de
S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de
Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las
autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 7 de febrero de 2024.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra,
María Chivite Navascués.

cve: BOE-A-2024-3877
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 35, de 16 de febrero de 2024)

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X