V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. ADMINISTRACIÓN LOCAL. (BOE-B-2024-6954)
Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de O Carballiño número 2424-0209 de fecha 12 de febrero de 2024, por la que se concede autorización a Banco Sabadell S.A. para actuar como entidad colaboradora de la recaudación municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

6954

Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de O Carballiño número 24240209 de fe cha 12 de fe bre ro de 2024, por la que se conce de
autorización a Banco Sabade ll S.A. para actuar como e ntidad
colaboradora de la re caudación municipal.

Mediante la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de O Carballiño número
2024-0209 de fecha 12 de febrero de 2024, se concede autorización a Banco de
Sabadell, S.A., NIF A08000143, para actuar como entidad colaboradora de la
recaudación municipal, lo que se publica para su general conocimiento de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 del Real Decreto 939/2005, de
29 de julio, por el se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede
interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación
por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
O Carballiño, 14 de febrero de 2024.- Alcalde, Francisco José Fumega Piñeiro.

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