III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-3842)
Resolución de 20 de febrero de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23666

ANEJO
De conformidad con el convenio de fecha …… de ………………………… de 2024
suscrito entre el Instituto Cervantes y la Universidad Carlos III de Madrid para la realización
de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares, no remuneradas en las
sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, los comparecientes
establecen el Programa de Prácticas que se recoge en el presente anejo. Cualquier cambio
en los datos recogidos en este documento, deberá realizarse por escrito.
Estudiante: ………………………………………………………………………………
DNI, Pasaporte (o documento análogo): ………………………………………
Titulación: …………………………… Curso: ………… Especialidad: ……………………
Lugar donde se realizan las prácticas: ……………………………………………………
Tutor del Instituto Cervantes: ………………………………………………………………
Tutor académico de la Universidad Carlos III de Madrid: …………………………………
Tipo de Prácticas:
Curriculares ………… Extracurriculares …………
Grado ………… Posgrado …………
Período:
Fecha de inicio: …………………… Fecha de finalización: ……………………
Horas al día: …………………… Días de la semana: ……………………
Proyecto Formativo: (detallar objetivos educativos y actividades a desarrollar).

Los estudiantes que realicen sus prácticas al amparo del presente convenio quedarán
acogidos bajo el régimen del seguro escolar si cursan programas oficiales y son menores
de 28 años, todo ello siempre que estén al corriente de la cuota correspondiente.
Los estudiantes mayores de 28 años y aquellos otros que cursen enseñanzas
propias universitarias, quedarán amparados por una póliza de seguro de accidentes
suscrita por la Universidad. Estos estudiantes deberán estar cubiertos, asimismo, para la
contingencia de enfermedad que incluya asistencia sanitaria, contratando a su cargo, y
bajo su única responsabilidad, estos seguros en caso de ser necesario.
Todos los estudiantes de la Universidad en prácticas en el IC quedan amparados por
un seguro de responsabilidad civil a cargo de la Universidad.
Con anterioridad al inicio de la práctica y de la firma del anejo, la Universidad, o el
estudiante aportará fotocopia del certificado de los seguros correspondientes, que se
adjuntarán al presente anejo.
Cada estudiante que realice sus prácticas en el extranjero deberá tener cubiertos, a su
costa, y bajo su única responsabilidad, las contingencias de enfermedad y accidentes, que
incluya asistencia sanitaria, así como cobertura por responsabilidad civil (o garantía
financiera equivalente), y con un seguro multiasistencia. En tal sentido, con anterioridad al
inicio de la práctica y de la firma del anejo, el estudiante aportará fotocopia de los
permisos necesarios para su entrada y permanencia en el país donde hayan de realizarse
las mismas, cuando su legislación así lo requiera, que se adjuntarán al presente anejo.
El Instituto Cervantes se reserva la facultad de rescindir la estancia del estudiante en
cualquier momento que este no respete lo previsto en el presente anejo, las normas
fijadas por el Instituto Cervantes relativas a horarios, normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales, así como cuando a su juicio, la conducta o

cve: BOE-A-2024-3842
Verificable en https://www.boe.es

Régimen de Permisos: ……………………………………………………………
El estudiante tendrá derecho al régimen de permisos que le permita compatibilizar
las prácticas con su actividad académica y formativa.
Seguros y Permisos de entrada y residencia: …………………………………………