III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-3867)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva línea a 13,2 kV de enlace entre CT Obarenes y la línea a 13,2 kV Pancorbo-Pancorbo, en Foncea (La Rioja) y Altable (Burgos), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a I-DE, Redes Eléctricas
Inteligentes, SAU, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción para la nueva línea a 13,2 kV de enlace entre
CT Obarenes y la línea a 13,2 kV Pancorbo-Pancorbo, en Foncea (La Rioja)
y Altable (Burgos), y se declara, en concreto, su utilidad pública.

I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, SAU (en adelante I-DE) solicitó, con fecha 10 de
febrero de 2022, autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la nueva línea
subterránea, simple circuito a 13,2 kV, de enlace entre el nuevo centro de transformación
«Obarenes (Foncea)» y el apoyo n.º 29 de la línea aérea a 13,2 kV «PancorboPancorbo», en los términos municipales de Foncea (La Rioja) y Altable (Burgos).
I-DE suscribió, a través de la técnica competente, declaración responsable de
manera que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se
establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en La Rioja, habiéndose tramitado en el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en La Rioja y en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a
las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios
de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
La Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental del Ministerio
de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana remitió escrito en el que manifiesta que no ve
objeción alguna que oponer a la ejecución del proyecto, siempre que se reconozca de
utilidad pública y se observe lo relativo al cumplimiento de la normativa viaria reseñado
en el informe, estableciendo condiciones y limitaciones para ese tipo de instalaciones
eléctricas.
La Dirección General de Cultura del Gobierno de La Rioja remitió informe en el que
no manifiesta oposición.
La Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental del Ministerio
de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana remitió escrito en el que manifiesta que no ve
objeción alguna que oponer a la ejecución del proyecto, siempre que se reconozca de
utilidad pública y se observe lo relativo al cumplimiento de la normativa viaria reseñado
en el informe, estableciendo condiciones y limitaciones para ese tipo de instalaciones
eléctricas. Trasladado este informe a I-DE, este respondió manifestando su conformidad
y aceptación expresa.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente en Burgos de la Junta de Castilla y León
emitió informe favorable, incluyendo condicionado técnico. Trasladado este informe a IDE, este respondió manifestando su conformidad y aceptación expresa.
El Servicio Territorial de Cultura y Turismo en Burgos de la Junta de Castilla y León
remite informe en el que manifiesta que estima necesario la presentación de un análisis
de la incidencia de la obra en el Patrimonio Arqueológico catalogado, así como la

cve: BOE-A-2024-3867
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