I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3794)
Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23500

así como el ejercicio de las funciones de Unidad de Gestión de Quejas y Sugerencias de
los servicios centrales del Departamento, según lo previsto en el artículo 14 del Real
Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la
mejora de la calidad en la Administración General del Estado, y la tramitación del resto
de las obligaciones previstas en dicha norma.
v) El ejercicio de las funciones de Unidad de Igualdad del Ministerio, según lo
previsto en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres y de acuerdo con el Real Decreto 259/2019, de 12 de
abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del
Estado.
w) La gestión de la comunicación y de la publicidad institucional del Departamento
y la elaboración del Plan anual de Publicidad del Ministerio de Vivienda y Agenda
Urbana, y de la colaboración en la ejecución de la política editorial del Departamento.
x) Respecto de los servicios centrales del Departamento, la planificación, dirección,
desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información; la elaboración, preparación y
propuesta de necesidades de los recursos tecnológicos incluyendo su adquisición,
gestión y mantenimiento; así como la prestación de servicios en materia de tecnologías
de la información y la dirección y coordinación desarrollo e implantación de los servicios
del Departamento en Internet, incluyendo del portal de Internet, sede electrónica e
Intranet.
y) La planificación y gestión de las infraestructuras tecnológicas y las redes y
servicios de comunicaciones; las funciones de mantenimiento de equipos informáticos
del Departamento, así como la gestión técnica en materia de adquisición de licencias y
equipos informáticos.
z) Elaboración, desarrollo y ejecución de los planes de digitalización del
departamento, así como la implantación y seguimiento de los planes de trasformación
digital de la Administración General del Estado, respecto de los servicios centrales del
Departamento, en coordinación con la Secretaría General de Administración Digital del
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
4. De la Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana depende directamente, con
rango de Dirección General, la Secretaría General Técnica.
5. Asimismo, de la persona titular de la Subsecretaría de Vivienda y Agenda
Urbana dependen directamente las siguientes unidades con nivel orgánico de
subdirección general:
a) La Subdirección General de Coordinación Económica y de Servicios a la que
corresponde el ejercicio de las funciones a que se refiere el apartado 3.d), e), f), g), h), i),
j), k), l), m), n) y ñ) y, en todo caso, las que se determinan en el Real Decreto 2855/1979,
de 21 de diciembre, y el apoyo a la persona titular de la Subsecretaría en la coordinación
de las funciones a que se refiere el apartado 3.o), p), q), r), s), t), u), v), x) e y).
b) La Subdirección General de Asuntos Generales y Contratación a la que
corresponde el ejercicio de las funciones a que se refiere el apartado 3.o), p), q) y r).
c) La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios a la
que corresponde el ejercicio de las funciones a que se refiere el apartado 3.s), t), u) y v).
Depende, asimismo, de la Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, la División
de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, con el nivel que se determine en la
relación de puestos de trabajo, a la que corresponde el ejercicio de las funciones a que
se refiere el apartado 3.x) y) y z).
6. Dependiendo directamente de la Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, y
como órgano de apoyo y asistencia inmediata de su titular, existe un Gabinete Técnico
con nivel orgánico de subdirección general.

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Núm. 52