I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3793)
Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23477

c) La Subdirección General de Asociaciones, Archivos y Documentación, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en
los párrafos ñ), o), p), q), r) s) y t) del apartado 2.
4. Las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en los párrafos u), v),
w), x), y) y z) del apartado 2 se ejercerán directamente bajo la dirección de la persona
titular de la Secretaría General Técnica.
Artículo 11.

Dirección General de Política Interior.

a) La gestión de las competencias del Ministerio respecto a los procesos
electorales y a las consultas directas al electorado, y el mantenimiento de las relaciones
necesarias con la Administración Electoral, en particular, con la Junta Electoral Central.
b) La coordinación de la gestión y desarrollo de los procesos electorales, así como
de las funciones que corresponden a las Unidades dependientes de otros ministerios con
competencias en materia electoral y la coordinación con las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno en este ámbito.
c) La dirección y coordinación de los desarrollos informáticos y de comunicaciones
para la gestión de los procesos electorales.
d) La planificación, dirección y coordinación de las actuaciones en materia de
ciberseguridad en el ámbito electoral y de la Red de coordinación para la Seguridad en
procesos electorales. Asimismo, la participación en órganos, grupos de trabajo o
reuniones cuya finalidad sea garantizar la seguridad y la lucha contra la desinformación
en los procesos electorales.
e) La información relativa a los procesos electorales, excepto los datos relativos al
censo electoral, así como la custodia y difusión pública de los resultados electorales
provisionales.
f) La participación en las reuniones de los organismos nacionales, internacionales o
supranacionales con competencias en materia electoral.
g) La gestión de las relaciones con los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía en materia electoral.
h) El registro y la aplicación del régimen jurídico de los partidos políticos.
i) La gestión de las subvenciones estatales anuales y de las subvenciones por
gastos electorales de las formaciones políticas en los términos establecidos en la
legislación vigente.
j) La gestión de los recursos humanos del Departamento; la elaboración anual de la
oferta de empleo; la tramitación de los procesos de selección y provisión de puestos de
trabajo, y la planificación, elaboración y administración de las plantillas y relaciones de
puestos de trabajo y de sus modificaciones.
k) La organización y desarrollo de la formación, programación y gestión de la
acción social, así como la participación en la negociación colectiva y las relaciones
laborales.
l) La planificación de la política retributiva, así como el control y evaluación del
gasto de personal del Departamento.
m) La supervisión de los proyectos de obras en los supuestos a que se refiere el
artículo 235 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
n) La gestión financiera de ingresos y gastos de tesorería de los créditos
presupuestarios del Departamento; la habilitación de personal de los servicios centrales,

cve: BOE-A-2024-3793
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1. Corresponde a la Dirección General de Política Interior el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas el Ministerio sobre los procesos electorales y
consultas populares y el régimen jurídico de los partidos políticos, así como el ejercicio
de las funciones encomendadas a la Subsecretaría en materia de recursos humanos,
gestión económica y patrimonial, oficialía y servicios generales, transformación digital,
innovación y calidad e inspección de los servicios.
2. En particular, corresponden a esta Dirección General las siguientes funciones: