II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2024-3745)
Resolución 2837/2023, de 27 de diciembre, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio Sanitario de Rehabilitación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Martes 27 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 23092

Las personas interesadas deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales,
acompañada de Curriculum Vitae documentado a la Dirección de Personal de la OSI
Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces.
La documentación deberá tener la siguiente forma:
– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.
– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o,
en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.
– Fotocopia compulsada de la titulación exigida (según Decreto de Puestos Funcionales).
– Certificación original actualizada de los servicios prestados, con expresión de la
categoría a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV.
– Memoria-Proyecto de Gestión del Servicio cuya cobertura se pretende.
– Fotocopia compulsada de todos los méritos valorables.
No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquéllos
extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de
CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el/la
aspirante.
4.

Relación provisional de personas admitidas y excluidas

Concluido el plazo de presentación de solicitudes la Dirección-Gerencia de la OSI
Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, mediante resolución, hará pública, en la página web de
Osakidetza, la relación provisional de admitido/as y excluido/as al proceso, con
indicación de la causa de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, para la
presentación de reclamación a la misma.
Si la causa de exclusión lo fuere por un defecto subsanable, mediante la publicación
de la relación provisional se requerirá a las personas interesadas para que en el plazo
de diez días hábiles subsanaren las deficiencias observadas o acompañaren los
documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieren se acordará su
exclusión definitiva del proceso.
Relación definitiva de personas admitidas y excluidas, y la composición de la
Comisión de Valoración

Transcurrido el plazo de reclamaciones y/o subsanación de solicitudes, la DirecciónGerencia publicará mediante resolución, en los mismos lugares indicados en el párrafo
anterior, la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso,
junto con la composición de la Comisión de Valoración. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso de alzada ante la Dirección General del Ente Público en el plazo de
un mes desde su publicación en la página web. Asimismo, esta resolución será
notificada a los candidatos al proceso.
La Comisión de Valoración estará presidida por la Directora Médica, e integrada por
el/la Subdirector/a Médico/a, la Subdirectora de Personal, o Director/a de Personal en su
caso (que actuará como Secretario/a con voz y voto). Todos ellos deberán reunir la
condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo del mismo nivel
de titulación que el puesto convocado.
Asimismo, integrarán la comisión tres vocales, uno de ellos designado por el IVAP,
que deberán ostentar la titulación y la especialidad exigida a lo/as candidato/as, reunir la
condición de personal estatutario fijo, funcionario de carrera o laboral fijo y ostentar
puesto funcional de igual o superior rango jerárquico al convocado.
Por cada miembro titular de la comisión se nombrará un suplente que actuará en
ausencia del anterior y deberá reunir los requisitos establecidos para los miembros

cve: BOE-A-2024-3745
Verificable en https://www.boe.es

5.