III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-3766)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Rehabilitación en Drogodependencias, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Martes 27 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23158

Quinto.
Que la Asociación R.E.D. tiene entre sus fines:
1. Ofrecer un recurso de Intervención en Drogodependencias a través de un Centro de
día autorizado por la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias, con Programas de
Tratamiento de deshabituación, Psico-bio-social, Terapéuticos y profesionalizados, inscritos
en el Registro de la Propiedad Intelectual del Principado de Asturias.
2. Ayudar terapéutica y profesionalmente a las personas afectadas por las
drogodependencias, sea esta, enfermo o familiar. En el caso de la persona
drogodependiente se le ayudará a rehabilitarse de dicha problemática, así como
acompañarla, asesorarla y orientarla, en todo su proceso de inserción, social, familiar,
legal, ocupacional y laboral o formativo. En el caso de la atención a las familias, se
intervendrá en función del caso.
3. Ofrecer todo tipo de ayuda y colaboración a organismos que pudieran pedir
información dirigida a la prevención de las adiciones, sus causas, consecuencias,
alteraciones físicas y psicológicas.
4. Prestar asistencia y ayuda profesionalizada precisa, a las personas usuarias del
Centro de día como sus respectivas familias desde un punto de vista psicológico,
educativo, social y legal.
5. Potenciar las actividades que favorezcan la información y/o prevención de los
problemas relacionados con el abuso de drogas.
6. Incorporar de forma transversal la Perspectiva de Género en todas las
actividades, programas de intervención y funcionamiento de la entidad.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación para el efectivo
cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad, mediante la
prestación por los penados de determinadas actividades de utilidad pública en su ámbito
competencial.
que

asume

la

Secretaría

General

de

Instituciones

1. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias que
corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales de los penados, por los días de prestación efectiva del trabajo
desarrollado en beneficio de la comunidad, en virtud de lo dispuesto en el Real
Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial
de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de
Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad.
En concreto en el preámbulo del citado Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, se
señala que la pena de trabajos en beneficio de la comunidad no constituye una actividad
productiva ni remunerada, en los siguientes términos: «…la protección que en este caso
se dispensa a los penados, es al modo como se protegen las prestaciones personales
obligatorias, la derivada de su inclusión en la acción protectora del sistema de la
Seguridad Social únicamente en los casos de accidente de trabajo y enfermedad
profesional». Todo ello también en concordancia con el artículo 11 del Real
Decreto 840/2011, de 17 de junio.

cve: BOE-A-2024-3766
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Compromisos
Penitenciarias.