II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Notarías. (BOE-A-2024-3615)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se convoca concurso para la provisión de notarías vacantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 26 de febrero de 2024
Quinta.

Sec. II.B. Pág. 22567

Lugar de presentación de solicitudes.

La solicitud podrá presentarse:
1.º) En la Sede Electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, con certificado electrónico reconocido, en la dirección: https://
sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/comunicaciones-notarios
2.º) En el Registro electrónico de la Generalitat de Cataluña, en la dirección: https://
justicia.gencat.cat/ca/serveis/notaries_i_registres/notaris/
3.º) A través del Consejo General del Notariado en la plataforma electrónica
habilitada al efecto.
4.º) Mediante representación, en cuyo caso deberá presentarse en el Registro
General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en la
dirección: https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/comunicaciones-notarios
A los efectos de su previa validación informática, las solicitudes que se presenten
suscritas con la firma electrónica notarial deberán dirigirse a la plataforma electrónica del
notariado habilitada a tal efecto, desde donde se redirigirán inmediatamente al Registro
Electrónico del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes o de la
Generalitat de Cataluña anteriormente reseñados. En tal caso, las notarias y notarios
recibirán en forma igualmente electrónica el comprobante de la presentación.
En el caso que se presente más de una solicitud por persona participante ante la
misma o distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta
a todos los efectos la presentada en primer lugar, quedando automáticamente
invalidadas las restantes solicitudes.
Una vez presentada ésta, ninguna notaria o notario concursante podrá anular,
ampliar, disminuir o modificar su solicitud.
Se tendrán por no presentadas aquellas solicitudes que se presenten de forma
distinta a la prevista en la convocatoria.
Sexta.

Modificaciones posteriores.

Cualquier modificación o rectificación posterior que pudiera producirse con relación a
las resoluciones de convocatoria será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y
abrirá de nuevo el plazo de presentación de instancias.
Séptima.

Resolución.

Octava. Recurso.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad
con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello, sin perjuicio de la interposición de
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir

cve: BOE-A-2024-3615
Verificable en https://www.boe.es

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y la Dirección General de
Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación, a los efectos de la resolución del concurso en sus
respectivos ámbitos, analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.
Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública dictará resolución que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto
de las vacantes ubicadas en el territorio español, con excepción de la Comunidad
Autónoma de Cataluña. Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y
se comunicará a las Comunidades Autónomas afectadas con el objeto de que por el
órgano competente de las mismas se proceda al nombramiento de las notarias y notarios
que deban ocupar plazas situadas en territorio de su competencia.