III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-3723)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la organización y funcionamiento del Centro de Biotecnología y Genómica de Plantas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 26 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 22918

Que dicho convenio fue modificado a través de una primera Adenda suscrita entre
las partes en fecha 1 de octubre de 2019, publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE) en fecha 28 de noviembre de 2019, con el fin de realizar una serie de
adaptaciones de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Que, asimismo, las partes suscribieron una segunda Adenda en fecha 9 de marzo
de 2020, publicada en BOE en fecha 17 de marzo de 2020, para modificar el texto del
convenio y prorrogar su vigencia hasta el 6 de marzo de 2024 (cláusula segunda). En
relación con la modificación, se varió la cláusula sexta («Compromisos de las partes»)
para incluir las siguientes aportaciones máximas del INIA:
Periodo 07/03/2020
a 31/10/2020

Euros

Periodo 01/11/2020
a 31/10/2021

Euros

Periodo 01/11/2021
a 31/10/2022

Euros

Periodo 01/11/2022
a 31/10/2023

Euros

Periodo 01/11/2023
a 06/03/2024

Euros

293.424,66

450.000

450.000

450.000

156.575,34

2. Que la cláusula duodécima del convenio («Modificación»), incluida a través de la
primera Adenda suscrita entre las partes, señala que «podrá ser modificado por acuerdo
expreso de las partes firmantes, de acuerdo con los procedimientos que exija la
normativa vigente, mediante la suscripción de la correspondiente adenda».
3. Que, actualmente, el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y
Alimentaria se configura como un Centro Nacional del CSIC (Real Decreto 202/2021,
de 30 de marzo de 2021, por el que se reorganizan determinados organismos públicos),
sin personalidad jurídica diferenciada, enfocado en funciones de investigación y
desarrollo tecnológico en materia agraria y alimentaria, cuyo objetivo es apoyar el
crecimiento económico sostenible y el bienestar de la sociedad a través de la
investigación y la innovación agraria y alimentaria.
4.
Que ambas partes han constatado que las aportaciones del INIA no son
suficientes para cubrir la cantidad que resulta de aplicar el porcentaje establecido en la
cláusula sexta, en función de la superficie ocupada y de su tiempo de utilización, a los
gastos descritos en el apartado 1.b) de dicha cláusula como aportación por los gastos
generados por el INIA en relación con los costes reales imputados al centro, en el uso
compartido del inmueble. Asimismo, entienden necesario modificar el título del convenio,
con el fin de mencionar expresamente al CSIC, del que actualmente forma parte el INIA.
Por ello, es voluntad de las partes suscribir la presente Adenda para modificar el texto
del convenio, con sujeción a los términos que establecen las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El objeto de esta adenda es modificar el convenio suscrito entre las partes en fecha 7
de marzo de 2016, actualizado a través de dos adendas: la primera suscrita en fecha 1
de octubre de 2019 (publicada en BOE en fecha 28 de noviembre de 2019), y la
segunda, suscrita en fecha 9 de marzo de 2020 (publicada en BOE en fecha 17 de
marzo de 2020).
Segunda.

Modificaciones.

En primer lugar, se modifica el título del convenio, sustituyéndose por el indicado a
continuación: «Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, M.P., a través del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y
Alimentaria, y la Universidad Politécnica de Madrid relativo a la Organización y
Funcionamiento del Centro de Biotecnología y Genómica de Plantas (CBGP)».

cve: BOE-A-2024-3723
Verificable en https://www.boe.es

Primera.