III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-3709)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Deporte de 26 de diciembre de 2023, relativo a la distribución territorial y criterios de reparto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 26 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 22808

– Resto de los centros de Tecnificación y Especializados de Alto Rendimiento.
– En la Ciudad Autónoma de Melilla, la instalación deportiva en la que se desarrollen
programas de seguimiento, detección de talento deportivo u otras actividades
relacionadas con el deporte de alto rendimiento y de alto nivel.
Se establece un número mínimo de proyectos a realizar por cada Comunidad
Autónoma, siendo obligatorio que se realice al menos un proyecto en cada uno de los
centros reconocidos. En el caso de Melilla, se actuará sobre una instalación que cumpla
con los requisitos establecidos.
Criterios deportivos:
– Número de Centros Especializados de Alto Rendimiento y/o Centros de
Tecnificación clasificados por el Consejo Superior de Deportes, importe fijo por centro.
– Número de programas de alto rendimiento desarrollados en Centros
Especializados de Alto Rendimiento y/o en los Centros de Tecnificación de cada
Comunidad Autónoma con respecto al número total de la Red de Centros.
– Número de programas de tecnificación estatal desarrollados en Centros
Especializados de Alto Rendimiento y/o en los Centros de Tecnificación de cada
Comunidad Autónoma con respecto al total de la Red de Centros.
– Número de programas de tecnificación autonómica desarrollada en Centros
Especializados de Alto Rendimiento y/o en los Centros de Tecnificación de cada
Comunidad Autónoma con respecto al total de la Red de Centros.
– Número de programas de modalidades y/o especialidades deportivas que forman
parte del programa de Juegos Olímpicos y Juegos Paralímpicos de verano e invierno.
Criterio de Cohesión Territorial: importe fijo por Comunidad Autónoma.
Los criterios antes referidos tienen la siguiente ponderación en el porcentaje final de
los fondos para cada Comunidad Autónoma, el Centro de Alto Rendimiento de San
Cugat recibirá el 6,21 % de los fondos y los otros Centros Especializados de Alto
Rendimiento y/o Centros de Tecnificación el 93,79 % de los fondos.
Criterio 1. Este criterio supone el 6,21 % del total de puntuación del reparto, se
repartirá un 6,21 % fijo por el Centro de Alto Rendimiento de San Cugat. Se ha estimado
una cuantía de 500.000,00 euros.
Criterio 2. Para los otros Centros Especializados de Alto Rendimiento y/o Centros de
Tecnificación supone un 93,79 % (7.550.000,00 euros) distribuyéndose conforme a los
criterios antes descritos y estableciendo el siguiente peso en cada uno de ellos.

Deportivos.

Por N.º CENTROS.

30

N.º PROGRAMAS ALTO RENDIMIENTO.

15

N.º PROGRAMAS TECNIFICACIÓN ESTATAL.

20

N.º PROGRAMAS TECNIFICACIÓN AUTONÓMICA.

15

N.º PROGRAMAS JJOO/JJPP.

10

Suma.
Cohesión Territorial.

90
10

Total.

100,00

Teniendo en cuenta lo anterior, se propone la distribución territorial de créditos
relativos a la inversión C26.I01 del Componente 26 «Fomento del Sector del Deporte»,

cve: BOE-A-2024-3709
Verificable en https://www.boe.es

Coeficiente

Porcentaje