III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-3727)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material de la III Jornada sobre orientación para la inclusión educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 26 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 22933

Formación de las personas autorizadas: El Encargado garantizará la formación
necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas
para tratar datos personales.
Ejercicio de los derechos: el Encargado asistirá al Responsable, a través de medidas
técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que este pueda
cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el
ejercicio de los derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, oposición,
limitación del tratamiento y portabilidad de datos).
Notificación de violaciones de la seguridad: el Encargado notificará al Responsable,
sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas, las
violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga
conocimiento, juntamente con toda la información relevante consignada en el
artículo 33.3 del RGPD.
Apoyo en realización de evaluaciones de impacto para la protección de datos: El
Encargado dará apoyo al Responsable en la realización de las evaluaciones de impacto
relativas a la protección de datos, cuando proceda.
Cumplimiento de las obligaciones: el Encargado pondrá a disposición del Responsable
toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así
como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el Responsable u
otro auditor autorizado por él.
Delegado de Protección de Datos: El Encargado designará, si procede, un delegado
de protección de datos y comunicará su identidad y datos de contacto al Responsable.
Cuarta.

Finalidades que justifican el tratamiento de datos de carácter personal.

Se detallan a continuación los aspectos y la identificación de la información afectada
a los que accede o trata el Encargado de tratamiento, la tipología de datos y las
finalidades que justifican el tratamiento.
El tratamiento de datos personales incluirá los siguientes aspectos:







A.

Recogida.
Modificación.
Conservación.
Extracción.
Cotejo.
Consulta.
Registro.
Identificación de la información afectada.

– Datos identificativos: [Nombre y Apellidos, DNI/NIE/Pasaporte, Dirección, Teléfono].
– Datos de características personales: [Datos bancarios, fecha y lugar de nacimiento].
– Datos de circunstancias sociales: [Asociaciones, Patronatos, ONGs, …].
– Datos académicos y profesionales: [Formación; Titulaciones; Expediente Académico].
– Experiencia profesional; pertenencia a Colegios, Asociaciones profesionales u análogos].
– Datos detalle de empleo: [Cuerpo/Escala; Puesto de trabajo; Datos no económicos
de nómina].
– Datos referentes a necesidades derivadas de una situación de discapacidad/
enfermedad, para garantizar la accesibilidad

cve: BOE-A-2024-3727
Verificable en https://www.boe.es

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de esta
encomienda de gestión, el Responsable del tratamiento autoriza al Encargado del
tratamiento a tratar la información necesaria, lo que incluye las siguientes categorías de
datos: