I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector vitivinícola. (BOE-A-2024-3603)
Orden APA/165/2024, de 22 de febrero, por la que se modifica el plazo de justificación y solicitud de pago para la primera anualidad de la primera convocatoria de la intervención de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, contenida dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola, en aplicación de la disposición final segunda del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027 en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 26 de febrero de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/165/2024, de 22 de febrero, por la que se modifica el plazo de
justificación y solicitud de pago para la primera anualidad de la primera
convocatoria de la intervención de inversiones materiales e inmateriales en
instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como
en estructuras e instrumentos de comercialización, contenida dentro de la
Intervención Sectorial Vitivinícola, en aplicación de la disposición final
segunda del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la
Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027 en el marco del Plan Estratégico
de la Política Agrícola Común.

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los
planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política
Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE)
núm. 1307/2013, contempla en su artículo 57 y siguientes los tipos de intervenciones a
realizar en el sector vitivinícola y la ayuda financiera de la Unión para esta intervención.
Por su parte, el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la
Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027 en el marco del Plan Estratégico de la
Política Agrícola Común, tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable a las
intervenciones recogidas en la Intervención Sectorial del Vino, contenida dentro del Plan
Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de
España 2023-2027, que incluye, entre otras, a la intervención de realización de
inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en
infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.
Con fecha 30 de octubre de 2023, la Conferencia Sectorial de Agricultura y
Desarrollo Rural acordó, según lo previsto en el artículo 26.2 del Real Decreto 905/2022,
de 25 de octubre, la distribución de fondos entre las comunidades autónomas
correspondiente a la citada primera convocatoria.
Tras el oportuno traslado de las procedentes resoluciones a los beneficiarios por
parte de los órganos competentes de las comunidades autónomas, algunos beneficiarios
han comunicado a las autoridades competentes la dificultad de poder satisfacer en plazo
la primera justificación y solicitud de pago, correspondiente al ejercicio financiero 2024,
considerando la desviación de la fecha de comunicación de la concesión, respecto a lo
inicialmente previsto.
La disposición final segunda del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, faculta al
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar las fechas y plazos que se
establecen en el referido real decreto por motivos de urgencia debidamente justificados o
de adecuación a la normativa europea, habilitación en virtud de la cual se aprueba la
presente orden.
En consecuencia, la presente orden tiene como objeto la ampliación del plazo de
justificación y solicitud de pago establecido en el 29.2 del Real Decreto 905/2022, de 25
de octubre, en lo correspondiente al primer ejercicio financiero de la primera
convocatoria de la medida de inversiones de la Intervención Sectorial del
Vino 2024-2027.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.

cve: BOE-A-2024-3603
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